El Supremo reduce en un año la pena al etarra Juan Trecet
El Tribunal Supremo ha reducido de ocho a siete años la pena de prisión impuesta por la Audiencia Nacional al colaborador de ETA Juan Trecet, al estimar que la condena le fue aplicada incorrectamente, como si hubiera sido reincidente.
Trecet fue condenado el pasado mes de enero por adquirir en un establecimiento de San Sebastián, en enero de 2000, material electrónico para la fabricación de circuitos empleados por ETA para la confección de artefactos explosivos . La mayor parte del material fue intervenido en Francia tras la detención de militantes de ETA varios meses después.
La Audiencia ya había condenado a Trecet en un sumario anterior de 1979 por delitos de homicidio frustrado, utilización ilegítima de vehículo de motor, atentado a agente de la autoridad, daños y estragos, pero dichos antecedentes no eran computables en este sumario por colaboración.
El Supremo, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, explica que la Audiencia impuso a Trecet una pena comprendida dentro del tercio superior de la legalmente prevista, que es de 5 a 10 años. Por ello, "el resultado es el mismo que si hubiera existido formalmente reincidencia, de manera que ha sido sancionado como reincidente quien formalmente no lo es".
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