La capacidad de disolución de las Cortes que pretende el PP es idéntica a la de Murcia
El presidente Camps no respondió el miércoles en las Cortes a la pregunta del portavoz socialista, Joan Ignasi Pla, sobre el alcance de la reforma de "máximo nivel" del Estatuto de Autonomía que aquél había anunciado poco antes. Pla pretendía que Camps se pronunciara por la capacidad de disolución de las Cortes que el PP defiende para la reforma estatutaria. Y es que ese "máximo nivel" de la reforma del Estatuto que estudia el PP en realidad supone equiparar a la Comunidad Valenciana a las 10 autonomías cuyas normas prevén la disolución de las Cortes, Parlamentos y Asambleas por el presidente de la comunidad, aunque sólo hasta el final de la legislatura original: Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja. Canarias y las Islas Baleares carecen de esta prerrogativa presidencial, mientras las cuatro comunidades históricas -Andalucía, Cataluña, Galicia y País Vasco- son las únicas que gozan de la plena capacidad de disolución de sus Parlamentos y de convocatoria de elecciones para una nueva legislatura de cuatro años.
Los partidos valencianos de la oposición reclaman este último sistema, que choca de lleno con la postura del PP en Madrid, contraria a la apertura de un proceso general de reformas, porque la generalización de la citada prerrogativa de las comunidades históricas complicaría el panorama político español. En 1998 el PP permitió que la Comunidad de Madrid, cuyo Estatuto original era como el valenciano, se equiparara a las autonomías que ya disponían de la capacidad parcial de convocar elecciones.
Por otra parte, el procedimiento para anular la derogación del trasvase del Ebro que Camps anunció el miércoles ha sido utilizado sólo en cuatro ocasiones en las Cortes Valencianas. Se trata de un proyecto de ley para ejercer la iniciativa legislativa ante las Cortes Generales, que es una de las cuatro formas de iniciar una ley que prevé la Constitución. Los otros son los proyectos de ley del Consejo de Ministros, las proposiciones de ley de los grupos parlamentarios del Congreso y del Senado y las iniciativas legislativas populares. El procedimiento elegido por Camps consiste en la presentación y defensa, por diputados autonómicos designados al efecto, de un texto ante las Cortes Generales, que lo debaten en lectura única y que, si se aprueba, sigue el procedimiento legislativo habitual.
Este recurso legislativo fue utilizado por primera vez en 1986 para promover la ley de declaración de las Islas Columbretes como Parque Nacional Marítimo-Terrestre. Posteriormente, se recurrió a él en dos ocasiones para incorporar al Estatuto las competencias traspasadas mediante la Lotrava. La cuarta fue para la segregación del municipio de Gátova, que implicaba la modificación de límites provinciales. El vicepresidente segundo de las Cortes, el socialista Joaquim Puig, dijo ayer que la elección de este procedimiento, que se utiliza habitualmente para promover iniciativas positivas y no para "enmendar la plana a otra institución", supone una "perversión institucional".
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