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Columna
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Costumbre

Leí en el Abc del viernes que un juez de Córdoba, Juan Ramón Berdugo, elegido dos días antes magistrado de la Sala Penal del Supremo, absolvía a una madre de un delito de malos tratos a su hijo de 13 años. Dos azotazos en el culo, confesó la madre, dos veces en el mismo día, aunque el niño, con parte de lesiones de un hospital, tenía hematomas en la cara y en el cuello y arañazos en los brazos. Se los había hecho, dijeron la madre y la hermana mayor del niño, en una pelea con otro muchacho (a los 13 años es raro ser todavía niños, y más hablando de niños tan aparentemente belicosos como estos de Córdoba, y creo que se necesita cierta dosis de heroísmo para darles a criaturas así un azotazo en el culo).

El juez declaraba al Abc estar en contra de los castigos físicos en la educación de los menores, salvo en casos concretos, teniendo en cuenta que, de acuerdo con el Código Civil, artículo 154, "los padres podrán (...) corregir razonable y moderadamente a sus hijos". Yo estoy con el juez, contra los castigos físicos, pero sin excepciones. Nada de pegar, ni con moderación, ni de forma razonable, aunque el uso de la violencia sirva para restablecer la paz en conflictos entre individuos y grupos y países, y la familia sea un grupo, un país, un continente en ocasional estado de guerra. Imaginemos unos padres separados, un niño que no aguanta a la madre y dice que la madre y el novio de la madre le pegan, un padre que denuncia a la madre. He visto que padres y madres utilizan a sus hijos como piezas en la batalla conyugal.

El muchacho de Córdoba era desobediente, desaparecía durante horas en la calle, se peleaba. La violencia es un impulso humano, un instinto, una costumbre que uno aprende en su casa. También en familia hay que recurrir a la violencia, pero sólo al mínimo indispensable para restaurar la normalidad, un par de azotes sin provocar lesiones, por ejemplo, según el juez. Pero ¿por qué sin provocar lesiones? La causa que exime de responsabilidad criminal a la madre de Córdoba es, según el mismo juez, la misma que se aplica a la policía. Está exento de responsabilidad, dice el Código Penal, "el que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo". Y esto será así, supongo yo, aunque provoque lesiones.

El problema es que las lesiones tienden a dejar marcas, son impertinentes como un moratón, y el tribunal de Córdoba sabe que la sociedad ya no ve con buenos ojos los castigos físicos, aunque estos magistrados los sigan considerando parte de nuestros usos sociales. Pueden pegar los padres, conforme a la vieja costumbre, pero sin que se note. Los manuales para educar niños y adolescentes ¿incluyen sistemas de castigo físico moderado, razonable e imperceptible? Mi experiencia es que los padres, cuando pegan (y la historia del niño y la madre cordobeses sugiere un escenario bélico familiar importante), pierden los nervios, se arrebatan, diría yo. Quizá se dé en estos casos, más que la eximente del cumplimiento del deber que los jueces cordobeses manejan, un instante de anomalía psíquica, que también libra de la responsabilidad. La ira es una locura de corta duración.

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