El Gobierno modifica la norma para evitar fraudes
El Ministerio de Industria ha modificado la Orden Ministerial que regula los servicios de tarificación adicional (los que además de la llamada telefónica cobran más de un euro por los contenidos) para evitar los fraudes con números que comienzan con los códigos 803, 806, 807 o 907. Entre las novedades más importantes destaca que ahora los usuarios deberán solicitar previamente a su operador telefónico que le dé acceso a estos servicios. Los operadores están además obligados a garantizar que el usuario recibe un mensaje de 20 segundos en el que informa del precio del servicio y su titular antes de empezar a facturar, así como la opción de aceptar o cancelar el acceso en las conexiones a Internet a través de los 907.
Además, las operadoras tendrán que desglosar en la factura la parte que corresponde a llamadas y la de la tarificación adicional y el usuario tendrá derecho a que no le corten el servicio si decide no pagar esta segunda parte mientras se resuelve su reclamación. Si no se realiza ese desglose, el usuario tiene derecho a no pagar la llamada o a exigir la devolución del importe si se le hubiera cargado ya en cuenta.
Los operadores deberán también informar en las facturas sobre la identidad del prestador del servicio de tarificación adicional y en caso contrario el cliente tendrá derecho a no pagar sin que le corten el servicio telefónico. Y cuando el tarificador adicional incumpla el código de conducta el operador tendrá sólo ocho días para retirar su número en vez de un mes.
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