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La juez imputa a Caja Madrid responsabilidad civil en Gescartera

La magistrada mantiene que la entidad actuó en connivencia con la agencia

La juez Teresa Palacios ha imputado a Caja Madrid Bolsa la responsabilidad civil subsidiaria sobre 13.944.000 euros, el 13% del total supuestamente estafado en el caso Gescartera, la agencia de bolsa que cometió un fraude cifrado en 108 millones de euros (18.000 millones de pesetas). La magistrada de la Audiencia Nacional afirma en el auto que la entidad actuó en connivencia con la agencia, cuando ésta necesitaba gestionar los fondos de sus clientes como si fueran propios, es decir, sin pedirles autorización.

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Caja Madrid Bolsa ha anunciado que recurrirá la resolución de la juez, que todavía no es firme. La imputación de la filial de Caja Madrid se corresponde a la petición del fiscal Anticorrupción del caso, Vicente González Mota, que instó a la juez a formar pieza separada de responsabilidad civil contra la entidad. Tras tres años de instrucción de esta causa, es la primera decisión judicial que apunta a un responsable de la estafa, además del dueño de la agencia, Antonio Camacho, que continúa en prisión pese a que la juez rebajó la fianza para que lograra la libertad de 1,5 millones de euros a 300.000.

Palacios hace suya la tesis del fiscal y señala que los responsables de Gescartera necesitaban poder gestionar los fondos de sus clientes "como si fueran propios para así emplearlos conforme a sus intereses y no a los de sus clientes". Eligieron Caja Madrid Bolsa y descartaron Deutsche Bank, porque este banco exigía poderes específicos para disponer de los fondos. Antonio Pérez Hernández, en representación de Caja Madrid Bolsa, y el apoderado de Gescartera Javier Sierra de la Flor firmaron un contrato de subcustodia de valores el 10 de noviembre de 1999. La falta de poderes para la apertura de las cuentas, la utilización de una cuenta para compensar operaciones de unos clientes con otros y la utilización de una cuenta global, la 171500, supuso que Gescartera podía disponer de los fondos de cada cliente "en interés propio y no de estos", según el fiscal.

Cuentas individualizadas

González Mota mantiene que la ejecución de las cláusulas del contrato contravenía lo dispuesto en la regulación de la CNMV, que exige que las operaciones de liquidación y la subcustodia de los valores se realicen en cuentas individualizadas a nombre de cada cliente, "tanto si se gestionan discrecionalmente sus carteras como si ejecutan sus órdenes directas".

"Particularmente, se incumplió la exigencia de obtener autorización expresa de los clientes al tiempo de iniciar las relaciones comerciales", señala el fiscal, añadiendo que fue "especialmente grave" el incumplimiento de una orden ministerial de 7 de octubre de 1999, porque Gescartera, "con la connivencia" de los responsables de Caja Madrid Bolsa, no adaptó los contratos firmados a las prescripciones de la orden ministerial.

Así, se permitió que Gescartera "extrajera los fondos de sus clientes" y, aunque formalmente los movimientos se anotaban en las subcuentas, "no se les mantenía separados". El fiscal añade que las operaciones, "siguiendo instrucciones de Gescartera, se compensaban contra la cuenta [global] 171500 de la agencia, lo que permitía asentar operaciones en la cuenta de un cliente sin que éste tuviera fondos para hacerla efectiva".

El fiscal subraya que la distracción de los fondos "no se hubiera podido efectuar si se hubiera cumplido lo preceptuado en la norma", es decir, "que el depósito de valores y efectivo deberá realizarse en cuentas contratadas por el cliente". El fiscal sostiene que Caja Madrid Bolsa "sólo tenía por cliente a Gescartera" e incumplió sus obligaciones con los ahorradores.

El propietario de Gescartera, Antonio Camacho.
El propietario de Gescartera, Antonio Camacho.ULY MARTÍN

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