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La Generalitat limitará los sueldos adicionales de los cargos públicos

El Gobierno catalán se ha propuesto acabar con la acumulación de sueldos de los cargos públicos. La Generalitat fijará por ley que los miembros de consejos de administración u órganos de gobierno de entidades o empresas no puedan percibir por estas funciones un sueldo superior al 30% de su salario ordinario.

Según informó ayer Efe citando fuentes del Departamento de Economía, la medida se adoptará mediante la modificación de la Ley de Incompatibilidades y se incluirá en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de 2004. La actual ley catalana de incompatibilidades, aprobada en 1987, establece que un cargo público "no puede pertenecer a más de dos consejos de administración o a órganos de gobierno de entidades o empresas públicas o privadas en representación del sector público", pero no fija un límite de remuneración máximo derivado de este concepto.

El consejero de Economía, Antoni Castells, ya afirmó el 22 de abril, ante una pregunta parlamentaria, que la nueva norma "limitará las cantidades a percibir de acuerdo con lo previsto en el régimen general de dietas e indemnizaciones de la Generalitat y fijará la cuantía total máxima en un porcentaje de la retribución total". Esta modificación legal tendrá como objetivo, agregó el consejero, evitar que "se vuelvan a dar situaciones de abuso o clara desproporción en los incrementos de sueldo que resulten de estas retribuciones".

Hasta ahora se daba la circunstancia de que algunos cargos públicos, como parlamentarios y consejeros, tenían unos ingresos mucho más elevados por pertenecer a consejos de administración que por su responsabilidades ordinarias.

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