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El Gobierno aprueba el nuevo decreto de hoteles que exige unas parcelas mínimas obligatorias

El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó ayer el nuevo decreto que regulará la actividad hotelera en la comunidad autónoma y que introduce como principales novedades una catalogación por modalidad de los establecimientos y la exigencia de unos criterios urbanísticos que obligará a los hoteles rurales y a los de playa a disponer de una parcela mínima de suelo no urbanizable en proporción al número de plazas.

Al incorporar criterios urbanísticos en la regulación de los hoteles, la consejería ha pretendido introducir un filtro para evitar la proliferación de plazas hoteleras producida en los últimos años y garantizar la calidad de las mismas. El consejero de Turismo, Antonio Ortega, destacó ayer el consenso alcanzado con el sector en el proceso de elaboración del decreto. El acuerdo ha requerido varios meses de trabajo y no ha sido fácil por las reticencias iniciales de la patronal, que entendía que una norma muy estricta podía suponer una moratoria encubierta a la construcción de nuevos hoteles.

El decreto obliga a los hoteles de playa, cualquiera que sea su categoría, a disponer de un suelo mínimo de 110 metros cuadrados por cada habitación -150 metros para los establecimientos de gran lujo- y de una parcela de suelo no urbanizable para uso común que sea 300 veces el número de habitaciones con un mínimo de 30.000 metros cuadrados. También los hoteles rurales deberán tener la misma proporción de suelo libre.

La nueva norma distingue entre cuatro grupos de alojamientos: hoteles, hoteles-apartamentos, hostales y pensiones. Para los dos primeros se mantienen las cinco categorías tradicionales por estrellas, además de la especial de gran lujo, en función de las características de las instalaciones y los servicios que presten, y que de forma general, según destacó el consejero de Turismo Antonio Ortega, "tienen como finalidad garantizar ante los usuarios, operadores y mediadores turísticos unas condiciones homogéneas básicas de calidad y satisfacción para todos".

Para la concesión de categorías se tendrán en cuenta además de criterios tradicionales sobre servicios, aspectos medio ambientales (tratamiento y eliminación de residuos y de aguas residuales, salubridad del agua o eficiencia energética). Todos los establecimientos deberán tener además un número de habitaciones adaptadas para minusválidos en proporción al número de plazas.

El decreto crea cuatro modalidades diferentes de hoteles de playa, de ciudad, rurales y de carretera, cada uno de ellos con unas características y exigencias definidas. Y además, ofrece la posibilidad de obtener calificaciones de especialidad, bien vinculada a una modalidad (moteles, albergues, establecimientos de montaña y de naturaleza) o sin estarlo (hoteles deportivos, familiares, gastronómicos, de congresos y negocios o monumentos), al objeto de "dar respuesta al desarrollo de segmentos importantes en la nueva oferta turística de Andalucía".

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