Circuncisión
A raíz de la alevosa agresión quirúrgica que sufrió mi hijo Alonso, menor de edad de seis años, totalmente injustificada desde el punto de vista médico, el pasado 15 de marzo en el curso de un ritual religioso en Valencia al que fue conducido por su madre, he tenido conocimiento de que hechos como el descrito no son, sorprendentemente, incidentes aislados sino que constituyen una práctica bastante habitual. Por ello puse, entonces, en conocimiento de los hechos a las correspondientes autoridades exigiendo una investigación al respecto y la inmediata prohibición de tales abominables ceremonias. Ésta es la hora en que no he recibido todavía contestación satisfactoria alguna a tan justa petición. Parece existir una auténtica conspiración de silencio en torno al tema, que nadie afronta por temor a herir susceptibilidades culturales.
Por si fuera poco y por lo hasta ahora, en el atávico ordenamiento legislativo en el que, según opinan algunos peritos, todavía nos movemos, tal tipo de agresión no puede tratarse jurídicamente más que desde el genérico título de lesiones debidas a una malpraxis médica. Me leo sin embargo la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre: En la modificación del articulo 149 del Código Penal establece: "2. El que causara a otro una mutilación genital en cualquiera de sus manifestaciones será castigado con la pena de prisión de seis a 12 años".
Si bien desde el punto de vista anatómico, la merma producida en la circuncisión ritual es menor que la infligida en las ablaciones femeninas, no es menos cierto que se trata de hechos semejantes. En nombre de mi hijo, gracias.
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