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El Tribunal de la UE dice que el Gobierno no ajustó las tarifas telefónicas

Luxemburgo / Madrid

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) considera que España no aplicó las normas comunitarias al impedir a Telefónica reequilibrar sus tarifas en conformidad con una directiva europea en el inicio de la liberalización y, así, "entorpeció el desarrollo" de la competencia en servicios de telecomunicaciones.

El Tribunal considera en su fallo que "España ha incumplido las obligaciones" derivadas de la normativa comunitaria para cumplir con la directiva que obligaba a los Estados a que permitieran a los antiguos monopolios de telecomunicaciones ajustar sus tarifas a los costes reales, antes de que se abriera la competencia.

Telefónica entendió que en el momento que se liberalizó el mercado, en diciembre de 1998, ese reequilibrio no estaba hecho y denunció al Gobierno ante Bruselas. Fundamentalmente, la compañía pedía que se le permitiera subir la cuota de abono mensual para cubrir los costes de mantenimiento de red y la subida de las llamadas locales, por debajo de costes, ya que se se veían subvencionadas por las de larga distancia (interprovinciales e internacionales), artificialmente caras.

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El fallo respalda el recurso presentado por la Comisión Europea, quien denunció que España había incumplido la directiva para la liberalización de la telefonía y el suministro de infraestructuras.

Consecuencias prácticas

Ahora bien las consecuencias prácticas de la sentencia pueden ser prácticamente nulas. Y es que Telefónica llegó a un acuerdo tácito con el Gobierno (en concreto, con los ministerios de Economía y de Ciencia y Tecnología) en 2001 por el que éste le permitió una subida gradual de la cuota de abono en tres años. A cambio la operadora se comprometió a no ser beligerante en su denuncia ante Bruselas.

El Tribunal reconoce que se produjo ese esfuerzo y recuerda en su sentencia que el Gobierno español asumió que Telefónica había sufrido un déficit de acceso en 1999. A partir de 2001, cuando entró en vigor el régimen de precios máximos (price cap) "se autorizó a Telefónica a aumentar o reducir sus precios anualmente", añade el Tribunal, pero el desequilibrio de tarifas entre 2001 y 2002 "no puede imputarse por completo a dicha sociedad, sino que debe atribuirse parcialmente a las autoridades españolas", que disponían de la potestad de fijar las tarifas de la compañía.

De hecho, las reacciones al fallo han sido muy tibias por parte de los dos antiguos litigantes. En fuentes de Economía, se limitaron a señalar que estaban estudiando la sentencia. Desde Telefónica se señaló que el fallo prueba que sus rivales, cuyas tarifas no estaban sometidas al control del Gobierno, han contado con ventaja competitiva, pero dijeron que la sentencia atañe sólo al Ejecutivo.

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