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El TSJA anula el plan de ordenación de Conil por falta de exposición pública y exceso de edificabilidad

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la localidad costera de Conil de la Frontera (18.036 habitantes), aprobado en agosto de 2001 por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía. El TSJA argumenta su decisión en que los cambios urbanísticos no se expusieron a información pública y en que "hay parcelas con elevada edificabilidad (...) que deberán ser revisadas (...) para evitar la implantación de fuertes edificaciones en la franja litoral".

Este tribunal detecta también deficiencias en el terreno de los suelos no urbanizables, en el destinado a usos agrícolas y a la implantación de parques eólicos.

Recurso de la Junta

La delegación de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en Cádiz informó ayer de que ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra esta sentencia del TSJA, al entender que "no tiene efecto directo sobre la planificación urbanística del municipio" porque, con posterioridad a la aprobación del PGOU anulado, el Ayuntamiento conileño sometió el plan a información pública y fue de nuevo aprobado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio el 30 de enero y el 12 mayo de 2003. Obras Públicas aclara que, entre las cuestiones suspendidas se encontraban los suelos urbanizables, no urbanizables y, más concretamente, determinadas actuaciones en el litoral que "podrían tener un impacto negativo y que deberían ser reconsideradas, entre otras cosas en el sentido de reducir la edificabilidad".

Asimismo, Obras Públicas insistió en que recurre porque entiende que el TSJA "no ha tenido en cuenta que el documento ha sido expuesto ya a información pública". Según la Junta de Andalucía, la anulación del acuerdo original no afecta a la vigencia del plan general porque el recurso de casación suspende su ejecución y porque el proceso de aprobación definitiva del plan general se completó posteriormente con los nuevos acuerdos corregidos por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio.

En parecidos términos se pronunció también el alcalde de Conil, Antonio Roldán, de IU, quien restó ayer importancia a este fallo judicial porque, según explicó, las deficiencias por las que suspende el plan general fueron corregidas a principios de este año. "El 30 de enero de 2003 se aprobó el texto refundido y ya se entiende que está subsanado lo que dice el alto tribunal andaluz", sostuvo el primer edil conileño, para quien, pese a esta sentencia judicial, el plan general de Conil "está en vigor". "Vamos a seguir trabajando porque creemos que las deficiencias han sido corregidas", añadió.

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