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Absuelto un condenado a tres años y medio que se parecía al autor del delito

La Audiencia reconoce la inocencia de un procesado sin pruebas de atraco con violencia

Un juzgado de lo Penal condenó a tres años y seis meses a Vicente Z. B., de 19 años, por robo con violencia. Ahora, año y medio después, la Audiencia de Valencia ha reconocido su inocencia y le ha absuelto de este delito tras haber sido detenido el verdadero autor de los hechos, con el que guarda gran parecido físico. El letrado del caso critica la falta de rigor en la investigación que llevó al juicio; "no se realizó siquiera una rueda de reconocimiento".

Vicente pasó por delante de Nueva Panadería, en calle de Utiel de Valencia, como hacía habitualmente, el 3 de marzo de 2002 y pocas horas después fue detenido en su domicilio, a escasa distancia del establecimiento, acusado de un atraco ocurrido en el horno el 6 de enero de aquel año. Fue una de las empleadas la que avisó a la policía al verlo pasar y quien, junto a su novio -que estaba presente el día del atraco- le identificó en la comisaría por la foto del carné de identidad que les mostró la policía. Vicente, que proclamó su inocencia desde el principio y demostró que aquel día, a las 21.30, estuvo con su novia en casa de unos amigos en el momento del atraco, permaneció desde el 12 de marzo hasta el 20 del mismo mes en prisión preventiva.

La defensa instó al juzgado de Instrucción a que se practicaran pruebas, que fueron desestimadas, entre ellas una rueda de reconocimiento o la muestra a las víctimas del atraco de los archivos policiales. En 15 días, el fiscal calificó los hechos de robo con violencia y pidió juicio. Pero el abogado supo entonces que mientras su cliente estuvo en prisión, la panadería fue otra vez atracada por un hombre de características físicas parecidas a las de su representado. Señalado ya el jucio, el letrado pidió a la juez de lo Penal una rueda de reconocimiento que incluyera al acusado, a un delincuente con antecedentes que fue detenido días antes, al que se acusaba del último atraco en el horno, y a otras tres personas. La juez se negó. Con los elementos de que disponía, condenó a Vicente Z. B. a tres años y medio de cárcel. Se libró de ingresar de nuevo porque el recurso se presentó inmediatamente. Ahora se encuentra en la cárcel por un robo con intimidación que cometió después y confesó.

El fallo recoge que el Tribunal Supremo incide en "la exigencia de que la parte acusadora tenga la carga de la prueba de culpabilidad del acusado", que no considera probados los hechos que dieron lugar a la pena, y que "se aprecia entre ambos [el ahora absuelto y el supuesto autor de los hechos] una similitud de tal calibre que bien pudiera haber producido un error en aquella impresión que tuvieron las víctimas cuando le vieron pasar por la puerta de la panadería". Y agrega: "A partir de ahí su convicción resulta de la exhibición de la ficha de registro del DNI, que vicia entero el reconocimiento del día posterior, habiendo sido muy interesante que se hubiesen mostrado en rueda de reconocimiento a las dos personas implicadas".

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