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El Supremo informa en contra de conceder el indulto a 'los Albertos'

La sala no ve razones "de justicia o equidad" para conceder la gracia

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha informado en contra de indultar a Alberto Cortina y Alberto Alcocer, los Albertos, de las penas de tres años y cuatro meses a que están condenados por delitos de falsedad en documento mercantil y estafa en la venta de los solares de las torres KIO, en la plaza de Castilla (Madrid). El Supremo no ha encontrado razones "de justicia o equidad" que justifiquen la concesión del indulto total de las penas que habían solicitado.

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La Sala Segunda, que fue la que dictó la sentencia condenatoria, se remite al informe del ministerio fiscal, desfavorable al indulto, de 29 de julio pasado, en el que el fiscal hace notar que las penas impuestas lo fueron con arreglo al Código de 1973, porque se consideró "indudablemente más beneficioso que el vigente".

El informe del fiscal añadía que el tribunal sentenciador ya ponderó, para fijar la cuantía de las penas, el tiempo transcurrido desde que se cometió el hecho delictivo, en 1987, hasta la condena. Además, según el informe, no existe conformidad de las partes acusadoras a la concesión de la medida de gracia que se solicita.

El informe del Supremo es preceptivo, pero no vinculante, y forma parte del expediente de indulto. No obstante, tanto el Ministerio de Justicia, al que va dirigido el informe del Supremo, como el Gobierno y, en definitiva, el Rey pueden resolver "lo procedente". En un principio, los dos primos, Alberto Cortina y Alberto Alcocer, fueron absueltos por la Audiencia Provincial de Madrid, que consideró prescritos los delitos; pero tras recurrir en casación el fiscal y las acusaciones privadas, fueron condenados por el Tribunal Supremo.

Medida de gracia

El pasado 11 de abril, la Sección Séptima de la Audiencia de Madrid, encargada de ejecutar la condena del Tribunal Supremo, por ser la sala que les juzgó en primera instancia, suspendió el ingreso en prisión de los

Albertos mientras se tramitaba su petición de indulto. El motivo de la suspensión fue el de no hacer ilusoria la medida de gracia, dado el tiempo que tardan en tramitarse los indultos por el Ministerio de Justicia.

El 16 de julio, el Tribunal Constitucional admitió los recursos de los dos financieros contra la condena que les impuso el Supremo, y el 28 del mismo mes suspendió su ingreso en prisión mientras se tramitan los recursos de amparo.

Sin embargo, el Constitucional decidió no suspender la ejecución de la pena de multa que se impuso a Alcocer y Cortina, la condena al pago de la costas, ni la ejecución de las indemnizaciones en concepto de responsabilidad civil para los perjudicados en la estafa. Los primos ya habían satisfecho ante la Audiencia Provincial, mediante avales bancarios, los cerca de 25 millones de euros que fueron condenados a pagar, más los intereses legales, que duplicarían esa cifra.

Tras producirse la sentencia definitiva, Cortina y Alcocer tuvieron que abandonar la presidencia del Banco Zaragozano y varios consejos de administración en los que se sentaban. Posteriormente vendieron su 40% del banco a Barclays. Las ganancias las han invertido en duplicar su participación en la constructora ACS, de la que ayer se convirtieron en segundos accionistas.

Alberto Alcocer (a la izquierda) y Alberto Cortina, en una imagen de archivo.
Alberto Alcocer (a la izquierda) y Alberto Cortina, en una imagen de archivo.EFE

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