Un boleto en los tribunales
El Tribunal Supremo ha condenado a Adela M. R., regente de una administración de lotería de Granada, a abonar a un apostante, Torcuato M. L., el importe de un primer premio del sorteo de la Lotería Primitiva, de 1,8 millones de euros (304.444.206 pesetas), que en su momento, octubre de 1990, no percibió porque el boleto agraciado se extravió. El Juzgado de Primera Instancia número 12 de Granada y más tarde la Audiencia Provincial de Granada sólo le habían reconocido a Torcuato M. L. el derecho a recobrar el importe de lo jugado. Para el Tribunal Supremo, el extravío de un boleto de Lotería Primitiva y su posterior anulación por parte del responsable de una administración de loterías implican desatención y descuido en el deber de conservación y custodia dentro de la citada relación de depósito. Ambos motivos son suficientes para condenar al responsable de la administración "al pago de la cantidad que hubiera correspondido al acierto pleno del sorteo correspondiente al boleto anulado, más el interés legal del dinero a contar desde la fecha en que hubiera de haberse efectuado el pago del premio".
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