Contratación temporal
Las encuestas señalan reiteradamente el exorbitante número de contratos temporales que se firman en nuestro país. Este excesivo recurso a la contratación temporal no responde, en muchos casos, a la existencia de necesidades temporales en la empresa, sino al miedo desmedido que en el entramado empresarial existe a la contratación indefinida. Resulta indiferente, a estos efectos, que, en realidad, la empresa necesite un trabajador de forma permanente; el empresario, ante el temor a lastrarse de un exceso de plantilla, va a exigir un contrato de duración determinada.
Se hace necesario, así, buscar entre las diversas modalidades de contratación temporal existentes en nuestro derecho el modelo más adecuado en el que encajar al trabajador, de forma aparentemente legítima, aun a sabiendas de que tal legitimidad no escapa a una mínima revisión legal.
Porque los contratos temporales son causales en nuestro derecho exigen una razón que motive su temporalidad. No obstante, en muchos casos esta relación causa-efecto va a invertirse y la firma del contrato no va a venir determinada por la existencia de una causa, sino que se buscará la causa que permita poder firmar tal contrato.
Si no surge ningún conflicto, el asunto no llegará a mayores. El contrato terminará, en ocasiones, con la incorporación definitiva del trabajador a la plantilla o, en otros, con la conclusión y finiquito del contrato. Pero si el trabajador decide poner en duda tal finalización es cuando surgen los problemas, y el contrato demuestra entonces su debilidad.
Es preciso tener en cuenta que un contrato temporal firmado sin causa o con causa falsa se presume por tiempo indefinido, por lo que su conclusión va a ser considerada despido con la indemnización correspondiente. Para ello, es preciso que el trabajador decida poner la cuestión en manos de los tribunales, vía que, por las complicaciones que supone, va a ser reacio a iniciar.
Cabe la posibilidad de que al final haya que pagar (aunque las indemnizaciones de estos contratos nunca van a ser excesivas). Pero esto es algo que debe tener siempre presente el empresario cuando decide firmar un contrato temporal por encima de todo.
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