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El juez mantiene imputados a dos ex alcaldes socialistas de Sanlúcar por falsificación

Desestimados los recursos de apelación de los ocho implicados en el 'caso Terán'

El Juzgado de Instrucción número 3 de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) ha desestimado los recursos de apelación interpuestos por los ocho implicados en el caso Terán, por el que están imputados los ex alcaldes sanluqueños Manuel Vital Gordillo y Agustín Cuevas Batista, ambos del PSOE, por supuestos delitos de falsificación continuada de documentos oficiales y malversación de caudales públicos. A ambos, el juez les fija una fianza de 12.100 euros.

Los implicados solicitaron en su apelación la exención de las fianzas. El juez, por el contrario, las mantiene y ratifica la acusación contra los procesados.

Los hechos por los que serán procesados ambos ex regidores socialistas se remontan a 1998, cuando el funcionario municipal Rafael Terán Hidalgo denunció que el Consistorio sanluqueño autorizó 28 pagos por la compra de material y por trabajos informáticos que supuestamente no recibió el municipio. Asimismo, el denunciante advirtió de que el entonces concejal de Fomento, Agustín Cuevas, cobró 9.000 euros que justificó como entrega a una escuela taller. Sin embargo, esta cantidad figuraba en el presupuesto como pago a una empresa de construcción por unas obras realizadas dos años antes. El funcionario denunció otras cuatro prácticas supuestamente delictivas que no ha incluido el Juzgado en la causa.

Según informó ayer Cádiz Información, el juez instructor mantiene la imputación inicial por los dos primeros hechos a ocho procesados. Además de los dos ex alcaldes, deberá responder ante la justicia el antiguo interventor municipal, Juan Manuel Castillo Fagúndez, quien es el principal imputado en el proceso. De hecho, el auto de procesamiento fija la fianza de mayor cuantía contra Castillo, que debe abonar 75.000 euros. La firma del antiguo interventor aparece en los pagos denunciados.

Los otros cinco procesados son empleados municipales que son acusados únicamente de falsificación de documento público. Son E.M.P., que debe abonar 19.000 euros de fianza; A.S.G., con 18.100 euros de fianza; M.C.H.Q., con 11.200 euros; J.G.G, 5.200 euros, y M.G.M., quien afronta la fianza más pequeña que asciende a 5.000 euros.

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