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Bruselas examinará la ley británica que regula las elecciones europeas en el Peñón

La Comisión Europea confirmó ayer que va a "examinar" los detalles de la ley electoral británica que regula en Gibraltar el voto al Parlamento Europeo para comprobar si se ajusta a la normativa comunitaria en vigor desde 1994. Bruselas quiere asegurarse de que los privilegios que concede el estatuto de british subjets (súbditos británicos) no es utilizado por los nacionales de los 53 países (además del Reino Unido) integrados en la Commonwealth que residen en el Peñón para votar en las elecciones europeas de junio de 2004, uno de los aspectos denunciados por España el pasado lunes.

El Ejecutivo comunitario dará su opinión definitiva en un plazo de tres meses, tal y como establece el artículo 227 del Tratado de la UE, después de escuchar los motivos de la denuncia española y las alegaciones que presente la parte británica.

Los expertos de la dirección general de Justicia e Interior de la Comisión Europea no ocultaron su sorpresa por el hecho de que un Estado actúe contra otro socio de la Unión para llevarlo ante la Justicia. "Sólo existe un único caso similar a éste", indicaron.

Bruselas centra su examen en la definición de british subjects y en los privilegios vinculados a este estatuto, entre los que se encuentra la posibilidad de votar en las elecciones locales.

En principio, según indicaron diversas fuentes comunitarias, "no habría problemas en el caso de las elecciones al Parlamento Europeo". Pero para curarse en salud se examinará la duda planteada en este punto por el Gobierno español en su recurso. "Se trata de comprobar si estos privilegios pueden ser utilizados para transformar a los ciudadanos de la Commonwealth en electores", indicaron.

Censo propio

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Es ahí donde se centrará el examen de Bruselas, ya que la ley electoral británica reconoce la competencia de Gibraltar de elaborar su propio censo de acuerdo con su normativa, según la cual cualquier ciudadano de la Commonwealth que resida en el Peñón se le considera automáticamente como ciudadano gibraltareño.

La directiva europea de 1994, que regula el derecho de los ciudadanos europeos en términos electorales, deja bien claro que para ser elector en los comicios al Parlamento Europeo el votante debe tener la ciudadanía plena de uno de sus Estados miembros y el hecho de residir en otro país de la Unión Europea no le impide ejercer su derecho.

Sin embargo, como señala la Comisión Europea, "los ciudadanos de la Commonwealth son british subjets, una forma de asociación, pero no british citizen

". "Por lo tanto, no tienen derecho a participar en la elecciones a la Eurocámara", indicó el portavoz en Asuntos de Justicia e Interior.

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