La torre de la iglesia
Hay un barrio de reciente creación de la zona norte (cercano a Mirasierra), en el cual la normativa urbanística tiene limitada la altura de los edificios en cuatro o cinco pisos. Hasta aquí bien, pero han construido una iglesia (calle de Collado de Marichiva), que no se ajusta a la normativa, pues, la torre de esta iglesia supera el doble de altura permitida en esta zona. ¿Estamos ante otro delito urbanístico o es que la Iglesia no tiene limites urbanísticos? ¿O es que está exenta de cumplir la ley?
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