Condenado a 15 años de cárcel un hombre que violó y mató a su vecina
La Audiencia de Madrid ha condenado a 15 años y medio de prisión a un hombre que, en julio de 2001, accedió al domicilio de una vecina, la estranguló tras agredirla sexualmente y horas más tarde regresó a la vivienda de ésta para robarle varios efectos personales, entre ellos joyas y un teléfono móvil. Así lo acuerda la sección segunda de la Audiencia Provincial en una sentencia que condena a la referida pena a Boaventura D., de 40 años y nacido en Cabo Verde (África), por los delitos de homicidio, agresión sexual y hurto. El tribunal acuerda que el acusado indemnice a los perjudicados por el fallecimiento de María del Rosario G. con 30.000 euros.
Según la sentencia, contra la que cabe recurso, Boaventura sobre las 15.00 del 12 de julio de 2001 accedió a su vivienda, la cual ocupaba hacía dos meses, a través de la vivienda contigua, de la cual era moradora María del Rosario, de 43 años. Así lo hizo tras manifestar a ésta que se había dejado las llaves en su domicilio y que tenía puesta al fuego una olla que se quemaba. Este extremo extrañó a la mujer, quien comunicó a una vecina lo ocurrido y explicó a unos amigos que Boaventura le producía cierto temor.
Según el fallo, esa misma tarde Boaventura penetró en el domicilio de su vecina y comenzó a realizarle tocamientos, momento en el que iniciaron un forcejeo. En el curso de la pelea la mujer arañó en la cara al procesado, quien cogió un pañuelo y con él le ató fuertemente las manos.
Asfixiada
Dado que ésta seguía resistiéndose, el acusado le agarró el cuello con las manos y mantuvo la presión hasta que se produjo el fallecimiento de la mujer por asfixia consecuencia del estrangulamiento, momento en que el acusado huyó del domicilio y dejó la puerta entreabierta. Horas más tarde, Boaventura regresó al domicilio de la vecina y se apoderó de diversos anillos, pulseras, pendientes y colgantes de plata, así como de un teléfono móvil, un reloj y otros efectos.
Los citados objetos fueron encontrados posteriormente en la vivienda del procesado. La sala argumenta que la defensa solicitó la aplicación de la eximente de trastorno mental transitorio, lo que el tribunal no acepta. En relación a esta alegación, la resolución señala que una doctora especialista en psiquiatría de la Clínica Médico Forense de Madrid indicó que el procesado "no padece alteración psiquiátrica o motivación patológica que explique los hechos llevados a cabo, no existiendo alteraciones en la capacidad de comprender la ilicitud de los mismos". "El acusado tras cometer los delitos de agresión sexual y homicidio de forma fría y calculadora vuelve al domicilio de la víctima para apoderarse de los efectos personales de ésta y demás ocupantes del piso", concluye la resolución. Asimismo, destaca la "personalidad agresiva y de gran frialdad" del procesado.
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