Renfe responde a Crespo
Con respecto a la carta publicada el 17 de marzo de 2003, titulada "Renfe" y remitida por Jesús A. Crespo Lobato, quisiera aclarar lo siguiente:
El señor Crespo se queja de haber realizado un viaje desde Málaga a Sevilla el 14 de marzo en un tren regional TRD que acumuló a su llegada a Santa Justa un retraso superior a dos horas. En el departamento de atención al cliente le informaron de que a pesar del retraso no tenía derecho a la recuperación del importe parcial o total, como hubiese sido en este caso si no hubiesen concurrido varias circunstancias ajenas a Renfe.
En primer lugar, pido al señor Crespo acepte las disculpas de Renfe, porque en el departamento de atención al cliente, tal vez por un despiste del personal, no ofrecieron toda la información al respecto del accidentado viaje.
El tren TRD que debía haber salido de la estación de Málaga a las 16.35 horas con destino a Sevilla, es el mismo material que cada día llega a Málaga procedente de Sevilla a las 15.41 horas. Este tren se vio envuelto en un arrollamiento involuntario de varias traviesas que fueron colocadas en la vía a la altura de la estación de Arahal. Por este motivo, ese TRD quedó inutilizado y hubo que enviar un nuevo TRD desde Sevilla.
Por este motivo el TRD llegó a Málaga con 114 minutos de retraso y no pudo salir de esta terminal destino a Sevilla hasta las 18.20 horas. Cuando llegó a Sevilla lo hizo con 121 minutos de retraso, porque esta circulación se vio afectada por otras anomalías, aunque el retraso importante lo ocasionó la colocación de traviesas en la vía.
En estos casos, en los que un mismo material ferroviario que hace dos circulaciones consecutivas en una jornada se ve envuelto en un accidente ajeno a Renfe como el relatado, Regionales no suele devolver el importe del billete porque se trata de un cúmulo de circunstancias ajenas a Renfe y, además, en origen (en la estación de Málaga). El señor Crespo sabe que el tren va a salir con mucho retraso por una circunstancia de fuerza mayor. Es decir, el tren TRD que ocupaba el señor Crespo Lobato no tuvo más de siete minutos de retraso durante el trayecto. Los 114 minutos restantes fueron motivados por la espera a que pudiésemos contar con un material ferroviario, para no tener que realizar el consabido trasbordo por carretera de origen a destino.
De la carta remitida por este señor y por la información que obra en poder de Renfe, Jesús A. Crespo no ha formulado reclamación alguna por escrito, cosa que animamos a que haga por dos importantes motivos: Primero, porque es en este caso cuando Renfe le va a dar la explicación aceptable que este señor requiere y, segundo, porque si esa explicación no le satisface, sepa que puede dirigirse a los tribunales de mediación y arbitraje (procedimiento rápido y gratuito para el demandante), a los que esta empresa lleva acogida desde hace años como forma voluntaria de dar la cara ante los consumidores hasta sus últimas consecuencias: El fallo inapelable de estos tribunales.
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