Juicio contra tres empresarios por el accidente de 1992 en Castellón que provocó 46 muertos
El Juzgado de lo Penal número 5 de Barcelona empezó a juzgar ayer a tres personas acusadas de organizar ilegalmente en 1992 el viaje de un autocar desde Barcelona a Andalucía que volcó a la altura de Torreblanca (Castellón) y provocó 46 muertos y 10 heridos. En el banquillo de los acusados se sentaron Emiliano Pascual Calvo, propietario de la empresa Bus Exprés, responsable del autocar siniestrado; Carmen Carrillo, su esposa y administradora de la sociedad, y Manuel Pérez Valero, administrador de la empresa Agrupacar, organizadora del viaje del autocar.
El fiscal solicita para ellos penas que oscilan entre los tres meses y el año de prisión por un delito contra la seguridad en el trabajo y otro de falsificación de documentos oficiales. La asociación de familiares de las víctimas y el sindicatos Comisiones Obreras ejercen la acusación particular y reclaman penas que suman 13 años de cárcel para cada uno de los acusados, a los que imputan, además, un delito de estafa. La vista fue suspendida en la tarde de ayer y continuará el próximo 10 de abril después de que no compareciera a declarar Felipe Bernal, el conductor ayudante y principal testigo de cargo.
Los familiares de las víctimas increpararon a los acusados y al conductor del camión, Rafael Casado, que ayer fue citado a declarar como testigo. El hecho de que el juicio se celebrase en una sala de reducidas dimensiones y con capacidad para apenas diez personas provocó el malestar de esos familiares.
Exceso de velocidad
Casado ya fue juzgado y condenado en junio de 1996 por la Audiencia de Castellón a dos años y tres meses de prisión por un delito de imprudencia temeraria y a otros tres de suspensión del permiso de conducir. Aquella sentencia estableció que el autocar volcó el 19 de agosto de 1992 cuando circulaba a la altura del kilómetro 391 de la autopista A-7 en Torreblanca (Castellón) y cuando tomaba una curva. El tribunal rechazó que el accidente se debiera a que el conductor perdió la conciencia a causa de su diabetes y estableció que el motivo real fue un exceso de velocidad, que en el momento del accidente era de 100 kilómetros por hora y había señales que la limitaban a 40.
La tesis de la fiscalía es que el viaje de ese autocar era más barato que los habituales porque los conductores no estaban dados de alta en la Seguridad Social, eran obligados a realizar viajes de 12 y 13 horas sin apenas descanso y los autocares no disponían de la tarjeta de transporte que les autorizaba a realizar esos viajes.
Sin embargo, Emiliano Pascual declaró ante la juez que él se limitó a alquilar el autocar a la empresa Agrupacar. Su esposa explicó que sólo cobraba los billetes y el dueño de Agrupacar admitió que esa empresa no llegó a constituirse nunca.
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