_
_
_
_

Juicio a tres empresarios por el vuelco de autobús que en 1992 causó 46 muertos en Torreblanca

El Juzgado de lo Penal número 5 de Barcelona empezó a juzgar ayer a tres personas acusadas de organizar ilegalmente en 1992 el viaje de un autocar desde Barcelona a Andalucía que volcó a la altura de Torreblanca (Castellón), y causó 46 muertos y otros 10 heridos. En el banquillo de los acusados se sentaron Emiliano Pascual Calvo, propietario de la empresa Bus Exprés, responsable del autocar siniestrado; Carmen Carrillo, su esposa y administradora de la sociedad, y Manuel Pérez Valero, administrador de la empresa Agrupacar, organizadora del viaje del autocar.

El fiscal solicita para ellos penas que oscilan entre los tres meses y el año de prisión por un delito contra la seguridad en el trabajo y otro de falsificación de documentos oficiales. La asociación de familiares de las víctimas y el sindicato Comisiones Obreras ejercen la acusación particular y reclaman penas que suman 13 años de cárcel para cada uno de los acusados, a los que imputan, además, un delito de estafa. La vista fue suspendida en la tarde de ayer y continuará el 10 de abril al no comparecer a declarar Felipe Bernal, el conductor ayudante y que es el principal testigo de cargo.

Los familiares de las víctimas increparon a los acusados y al conductor del camión, Rafael Casado, que ayer fue citado a declarar como testigo. El hecho de que el juicio se celebrase en una sala de reducidas dimensiones provocó el malestar de esos familiares.

Casado ya fue juzgado y condenado en junio de 1996 por la Audiencia de Castellón a dos años y tres meses de prisión por un delito de imprudencia temeraria y a otros tres de suspensión del permiso de conducir. Aquella sentencia estableció que el autocar volcó el 19 de agosto de 1992 cuando circulaba a la altura del kilómetro 391 de la autopista A-7 en Torreblanca (Castellón) y cuando tomaba una curva. El tribunal rechazó que el accidente se debiera a que el conductor perdió la conciencia a causa de su diabetes y estableció que el motivo real fue un exceso de velocidad, que en el momento del accidente era de 100 kilómetros por hora y había señales que la limitaban a 40.

La tesis de la fiscalía es que el viaje de ese autocar era más barato que los habituales porque los conductores no estaban dados de alta en la Seguridad Social, eran obligados a realizar viajes de 12 y 13 horas sin apenas descanso y los autocares no disponían de la tarjeta que les autorizaba a realizar esos viajes.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_