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Un juez absuelve a un 'mantero' al no comprobarse que los discos que vendía eran ilegales

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un vendedor del top manta porque no se ha acreditado que los 75 CDs piratas que le fueron intervenidos en 2002 cuando los tenía dispuestos para su venta y cuyas carátulas eran fotocopias en color, incluyesen realmente copias de los discos originales. La sentencia señala que esta falta de comprobación no podría resolverse si el juez escuchara los CDs falsos, "porque no puede exigírsele un conocimiento de las canciones y del estilo de la multitud de cantantes y grupos que son pirateados". Este fallo confirma la absolución que en su día decretó el juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla y que fue recurrida por la Fiscalía al estimar que se había producido un "error" en la apreciación de la prueba por parte del juez. El ponente José Manuel de Paúl reconoce que el fallo es "tan desconcertante en principio como difícil de rebatir". Así, explica que sólo se conoce el aspecto externo de los discos a la venta,no su contenido, "luego no puede darse por acreditado que ese contenido responda realmente a lo que anuncia el continente", y tampoco que los discos incorporen fonogramas que constituyan reproducción o plagio de las canciones anunciadas en las carátulas, por lo que no puede considerarse el delito contra la propiedad intelectual del artículo 270 del Código Penal.

El Ministerio Público había recurrido la absolución basándola en una prueba pericial realizada por un "experto en piratería fonográfica", pero la sentencia de la Audiencia dice que la comprobación no procede de un organismo oficial e independiente, sino de una parte interesada, la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

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