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El Tribunal Supremo otorga a San Isidro el polígono industrial de Albatera en el litigio por la segregación

Una sentencia del Tribunal Supremo considera que el término municipal de San Isidro, antigua pedanía de Albatera, supera en cinco kilómetros la extensión que en 1993 le concedió el Consell con motivo de su segregación. Con ese fallo se cierra un largo y complejo litigio entre los dos pueblos, cuyo origen radica en la ubicación del polígono industrial La Granadina, ya que la instalación se sitúa en el espacio que ambos consistorios se disputaban. Al ratificar que el terreno pertenece a San Isidro, la sentencia cambia la titularidad del anhelado complejo industrial, cuya privilegiada situación, junto a la A-7, lo convierte en un reclamo para empresas de relieve.

Después de diez años de contienda por la delimitación de su término municipal, el Ayuntamiento de San Isidro ha visto satisfecho su objetivo. En el fallo, emitido el pasado 5 de febrero y notificado el día 20, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo corrobora la modificación de los lindes del término de San Isidro que realizó en 1997 el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano. En aquel momento el TSJ estimó que las alegaciones expresadas por el Ayuntamiento de San Isidro tras su segregación en 1993 estaban justificadas y accedía a ampliar la superficie de su municipio hasta alcanzar los 11,670 kilómetros cuadrados, en lugar de los 6,7632 que le adjudicaba el Consell. El Consistorio de Albatera discrepó con esas consideraciones y presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para que corrigiera la sentencia del TSJ. Ahora, el Supremo mantiene la extensión que el TSJ le adjudicó a San Isidro cuando interpuso su recurso.

El Ayuntamiento de Albatera construyó el complejo de La Granadina en el año 1995 cuando los límites establecidos tras la segregación de San Isidro aún estaban pendientes de que el TSJ dictara una resolución.

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