La Audiencia absuelve al ex decano de los abogados, pero le afea su conducta
La sentencia destaca que, al final, Cuevillas devolvió el dinero al cliente
La Audiencia de Barcelona ha absuelto al ex decano del Colegio de Abogados Jaume Alonso-Cuevillas de quedarse durante unos meses con la indemnización de un cliente, aunque los jueces le reprochan ese comportamiento y consideran que, teniendo en cuenta el cargo que ocupaba, "podría ser exigible otra conducta". La fiscalía y la abogada del perjudicado anunciaron que recurrirán al Tribunal Supremo.
La sentencia, dictada por la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona y de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Ángel Gimeno, concluye un proceso iniciado hace año y medio, cuando la abogada Montserrat Avilés, que finalmente ha ejercido la acusación particular, denunció a Alonso-Cuevillas. La fiscalía se querelló contra él y Alonso-Cuevillas abandonó el cargo de manera temporal en marzo del año pasado. Durante el juicio, el fiscal le acusó de apropiación indebida y deslealtad profesional, y solicitó para él un año de cárcel, dos de inhabilitación y 25.200 euros de multa por quedarse durante seis meses con casi cinco millones de pesetas que había cobrado en un pleito civil de un cliente, Juan Armenteros, entonces alumno suyo y hoy abogado.
En síntesis, los jueces consideran probado que Alonso-Cuevillas retuvo ese dinero entre abril y octubre de 2001, pero precisan que lo importante es que al final lo devolvió a su cliente. Es decir, ni existió "el ánimo de hacer propia la cosa recibida", ni puede hablarse de que "hubiese negativa a devolver o entregar" la indemnización. Además, la Audiencia considera que el cliente tampoco reclamó el dinero a su abogado ni discutió con él, sino que le exigió explicaciones sobre por qué no se le había comunicado que el dinero estaba consignado en el juzgado desde 1997.
En este aspecto, los jueces también exculpan al decano y aseguran que es una "práctica habitual" que una aseguradora consigne en la cuenta corriente del juzgado una indemnización sin comunicarlo ni presentar un comprobante de que se realizó ese ingreso.
La sentencia recuerda que Alonso-Cuevillas y Armenteros mantenían una relación fluida y que "sabiendo que el dinero lo tenía el acusado no hay evidencia de que se lo reclamara, en total o en parcial, y éste se negara a entregarlo". Los jueces admiten, sin embargo, que cliente y abogado discreparon en el porcentaje que debía cobrar éste y precisan que si finalmente Alonso-Cuevillas se quedó con el 10% no es porque lo pactaran así, sino porque éste "prefirió zanjar el asunto (...) asumiendo los costes del decepcionante pleito para el cliente". El dinero fue entregado finalmente el 30 de octubre de 2001, cuando ya había trascendido que la fiscalía le investigaba. Ese día, Armenteros cobró 4.606.606 pesetas después de descontarse los honorarios del procurador y el abogado.
Pese a la absolución, los jueces añaden que "en un plano diferente al estrictamente penal podría ser exigible otra conducta al acusado, que pese a todo, y más teniendo en cuenta su condición de decano del Colegio de Abogados de Barcelona, debería haber hecho entrega de toda la cantidad". También afirman: "No negamos que analizado todo el pleito civil quepa concluir que sí hubo algún perjuicio" para el cliente.
Alonso-Cuevillas expresó ayer su satisfacción por la sentencia y restó importancia a esas consideraciones. También recordó que los jueces reprochan que el relato de la fiscalía y la acusación "diste mucho" de lo que se probó en el juicio. "Hasta que uno lo pasa, no sabe que un proceso penal es en sí mismo una pena", matizó, aunque no quiso revelar si piensa volver al decanato. El Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona tiene abierta otra causa contra él por supuestas irregularidades económicas al frente del colegio.
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