Devolución del IVA
La solicitud de devolución del IVA es una forma de ejercitar el derecho a la deducción de las cuotas soportadas cuando las mismas superen a las cuotas repercutidas en el periodo al que se refiere la declaración-liquidación correspondiente, si bien la norma sólo permite pedir la devolución del saldo existente a 31 de diciembre.
Esta limitación supone tener que esperar a la presentación de la declaración del último trimestre del año con el perjuicio financiero que ello pueda suponer, equiparando esta devolución con la del IRPF o el impuesto sobre sociedades. Mejor hubiera sido admitir la solicitud de devolución al término de cada periodo de liquidación y no al finalizar cada año natural, como hasta ahora, pues esto último tiene sentido de tratarse de tributos de devengo anual, pero no respecto de un impuesto que grava operación por operación.
Mejor sería admitir la solicitud de devolución al término de cada periodo de liquidación y no al finalizar cada año natural
Frente al criterio restrictivo de la Administración a la hora de solicitar la devolución, denegando la misma cuando la declaración-liquidación del último trimestre del año se hubiese presentado fuera de plazo, se ha pronunciado el Tribunal Económico-Administrativo Central admitiendo su posibilidad.
Así, en resolución de 11 de septiembre de 2002, en las que se hace referencia a otras anteriores del mismo año, ha señalado que el único requisito legal y reglamentario para la solicitud es el de que "se formule en la declaración-liquidación correspondiente al último periodo de liquidación del año, sin que a la presentación fuera de plazo de ésta quepa atribuirle una consecuencia no prevista y tan grave como la de impedir el ejercicio de un derecho reconocido en la ley".
El Tribunal ya había manifestado que "las normas reguladoras del ejercicio de un derecho que no haya prescrito o caducado deben interpretarse de modo menos riguroso que las atinentes al cumplimiento de una obligación", diferenciando las normas que reconocen un derecho y las que regulan la forma de ejercerlo, que son de mera ayuda para su titular.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.