40 años
Aznar parece haber sorprendido a todos anunciando su intención de elevar hasta 40 años la pena máxima de cárcel para los condenados por delitos de terrorismo y otros "que puedan tener un carácter criminal especialmente graves". Se trata de una vuelta de tuerca a la propuesta de la semana pasada, el llamado "cumplimiento íntegro de las penas". Posiblemente la última iniciativa de Aznar no sea inconstitucional, pero su alcance es de tal calibre -rompe una línea consolidada del derecho penal español desde al menos la dictadura de Primo de Rivera- que resulta incomprensible el método elegido para darla a conocer -una entrevista periodística a la agencia oficial-, sin haber intentado un mínimo consenso de base con la oposición. Su inclusión en la legislación exige un debate previo y sosegado no sólo entre las fuerzas políticas, sino en el mundo judicial y académico. Sobre todo, si el anunciado endurecimiento en la concesión de beneficios penitenciarios supone anular en la práctica la posibilidad de resinserción social a un determinado grupo de penados.
La respuesta penal a la delincuencia, incluidas sus formas más graves, como el terrorismo, no puede derivar en una subasta para ver quién da más, incluso si se trata de salir al paso de la exasperación social producida por el delito, en especial entre sus víctimas: ¿por qué no 50 o 60 años en vez de 40? Esa respuesta penal debe respetar ciertos límites -en cuanto a proporcionalidad, racionalidad y templanza- si no quiere ser un mero instrumento de venganza social, que nada tiene que ver con el derecho ni con los valores y principios del Estado democrático. Ésa es la primera cuestión que deben tener en cuenta el Gobierno y la oposición antes de dar el visto bueno a la reforma.
El Gobierno -y así lo explicó ayer el ministro de Justicia- pretende que la elevación a 40 años del límite máximo de cumplimiento de condena disuada e intimide a los posibles alevines del terrorismo etarra. ¡Ojalá fuera así! Pero, ¿en virtud de qué teoría criminológica 40 años de condena serán más disuasorios que 30? Ni siquiera la pena capital, como está más que demostrado, tiene esa virtualidad disuasoria, y menos en una delincuencia de componente ideológico como el terrorismo. El Gobierno y las fuerzas políticas deben encontrar razones más convincentes. Y exponerlas a la opinión pública. La propuesta del Gobierno puede ser política y electoralmente muy rentable, pero de dudosa eficacia en la lucha contra el terrorismo. Es sabido que ETA cultiva el victimismo de sus presos y que pone todo su empeño en que ninguno deje la organización y renuncie a la violencia.
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