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Dos informes jurídicos encargados por Cajasur justifican la legalidad del 'complemento de pensión'

Alejandro Bolaños

Cajasur tiene desde hace una semana dos informes jurídicos que justifican su decisión de contratar por 2,9 millones de euros una póliza de seguros en favor de su presidente, Miguel Castillejo, para asegurarle el cobro íntegro de sus retribuciones (210.000 euros en 2001) una vez deje la entidad y garantizarle que la mitad de esa renta vitalicia pase a sus hermanas, sucesivamente y de mayor a menor, hasta que la última fallezca.

En esos informes, elaborados por el ex ministro y catedrático de Derecho Administrativo, Manuel Clavero Arévalo, y el bufete de abogados Garrigues, se recopilan argumentos para hacer frente a las dos principales dudas legales que ha suscitado la póliza: su ocultamiento a los órganos de gobierno y su vinculación al cese del sacerdote Castillejo al frente de la caja, lo que la transformaría en una indemnización, algo que la Ley de Cajas prohíbe.

Ambos informes mantienen que el acta del Consejo de Administración celebrado el 4 de junio de 2001 refleja que se aprobó que 'corresponde al presidente ejecutivo como retribución corriente la retribución bruta total que perciba el director general, incrementada en 3.005 euros [unos 213.000 euros]'. Los consejeros socialistas y de IU, que han pedido infructuosamente el acta del aquel día, coinciden en que eso fue lo que se aprobó en el Consejo referente a la retribución de Castillejo. Pero no recuerdan en absoluto lo que, según reflejan los dos informes jurídicos (aunque con distinta redacción), seguiría: 'Con independencia de su condición de presidente ejecutivo o no, a partir de la edad de 65 años hasta su fallecimiento tiene garantizada el 100% de la citada retribución, descontada la prestación pública de Seguridad Social por jubilación que perciba'. Un punto que Castillejo habría leído, según esos informes, en la asamblea del 30 de junio de 2001, extremo que esos cuatro consejeros también niegan.

Los dos informes concluyen, pues, que la decisión de completar la pensión de Castillejo fue conocida y aprobada por los órganos de gobierno de la entidad, aunque nada dicen de porqué el contrato que formalizó esa supuesta decisión no pasó por esos órganos. Los dos informes niegan que el complemento sea una indemnización por cese, a pesar de que se estipule como condición que Castillejo (73 años) abandone la caja y el sacerdote haya sobrepasado la edad de jubilación .

Aseguran que se trata de una retribución 'diferida', que se habría acordado años antes para Castillejo en reconocimiento de su 'incansable, permanente y absoluta dedicación exclusiva' a la caja, tras el 'ruego' del Consejo de Administración a que renunciara a jubilarse a los 65 años. La finalidad de este complemento de pensión millonario sería que Castillejo 'cuente con recursos suficientes que le permitan afrontar su subsistencia con la dignidad que corresponde a los méritos contraidos'.

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