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LA SITUACIÓN EN EL PAÍS VASCO

El fiscal recurre y solicita que Osteaga vuelva a la prisión

El fiscal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco presentó ayer un recurso contra el auto de la juez de Vigilancia Penitenciaria Ruth Alonso que concedía la libertad condicional para el etarra Félix Ramón Gil Ostoaga. El fiscal pide que sea revocado el tercer grado y la libertad condicional al etarra, y además que cautelarmente éste reingrese de inmediato en prisión mientras se tramita el recurso de apelación presentado.

El recurso ha sido dirigido al Juzgado de Vigilancia, aunque el fiscal precisa que el órgano competente para resolverlo deber ser el tribunal sentenciador, en este caso la Audiencia Nacional, como estableció el Tribunal Supremo en un pleno no jurisdiccional celebrado el 28 de junio pasado para unificar criterios.

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El fiscal argumenta que, aunque concurre el requisito de que Gil Ostoaga ha cumplido las tres cuartas partes de la condena, 'no concurren el resto de los presupuestos exigidos en los párrafos 1º y 3º del artículo 90 del Código Penal, por lo que no procede acordar su libertad condicional'.

Mala conducta

Los requisitos mencionados por el fiscal son que el recluso se encuentre en tercer grado penitenciario (semilibertad) y que haya mantenido buena conducta y exista respecto del mismo un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social.

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Pues bien, el fiscal sostiene que la conducta de Gil Ostoaga no sólo no fue buena, 'sino que, por el contrario, fue y sigue siendo mala'. Alega que el etarra ha realizado varias huelgas de hambre, y que el día que solicitó su libertad condicional (11 de julio de 2002) todavía tenía una sanción sin cancelar.

Añade el fiscal que Gil Ostoaga se encontraba en 2º grado penitenciario cuando inició los trámites para obtener la libertad condicional, sin haber solicitado su progresión al tercer grado. La clasificación en 2º grado fue aprobada por unanimidad por la Junta de Tratamiento de 18 de abril de 2002.

Pero es que, según el recurso, la juez se pronuncia sobre un extremo que el interno no había solicitado, como es la progresión al tercer grado, ya que Gil sólo había reclamado la libertad condicional.

El fiscal considera que la juez debería de haber archivado el expediente, y entonces el interno podría haber recurrido su clasificación en segundo grado si lo consideraba oportuno y, posteriormente, haber instado el expediente de libertad condicional, pero no actuar a la inversa, como hizo. El fiscal en cualquier caso es contrario a la progresión de grado puesto que el etarra ha justificado sus actos y no se ha arrepentido de ellos.

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