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El Gobierno barajó que auditores privados auxiliaran al Banco de España y la CNMV en sus inspecciones

El anteproyecto de Ley Financiera incluía la medida adoptada por la Junta para las cajas

Alejandro Bolaños

El Ministerio de Economía también consideró la posibilidad de que los principales órganos públicos de supervisión del sistema financiero recurrieran al auxilio de auditores privados para completar sus inspecciones. Incluso, planteó a principios del año pasado establecer por ley esta posibilidad, semejante a la desarrollada por la Junta para inspeccionar las cajas de la región. El anteproyecto de Ley Financiera, redactado por el Ministerio, permitía al Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), contratar a auditores externos 'con carácter auxiliar'.

La decisión de la Consejería de Economía de recurrir a una auditora privada (la empresa KPMG) para colaborar en sus tareas de inspección de las cajas andaluzas ha sido intensamente criticada por la oposición, que estima que la función de control corresponde exclusivamente a la Junta y que debía haberse creado ya un cuerpo autonómico de inspectores, medida que la consejera de Economía, Magdalena Álvarez, ha asumido.

Las críticas de PP, IU y Grupo Mixto llegaron tras conocerse que Cajasur, la primera entidad inspeccionada, interpuso la semana pasada un recurso contra la actuación de la Junta al estimar que la auditora KMPG, contratada para auxiliar a funcionarios de la Consejería de Economía, 'asumía directamente el trabajo de inspectores'. La Consejería defiende que contratar a auditores para hacer tareas de colaboración en el control público está 'dentro de la legalidad' y esgrime informes jurídicos propios.

El Ministerio de Economía, según se desprende del anteproyecto de Ley Financiera que manejaba en marzo de 2001, también considera que los órganos públicos de supervisión del sistema financiero tienen la opción de recurrir a auditores privados para completar sus inspecciones. Una opción que quiso elevar a rango de ley.

'Con carácter auxiliar a su función inspectora, el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrán encargar a un auditor de cuentas la revisión, análisis y verificación de elementos concretos de cualquier tipo de entidad o grupo de entidades cuyo control e inspección le hayan sido atribuido', establecía el artículo 29 del anteproyecto de Ley Financiera. Este artículo fue eliminado de la redacción final del proyecto de ley que el Gobierno central, del PP, remitió en marzo de este año al Congreso de los Diputados, aunque ayer el Ministerio de Economía no pudo precisar la razón por la que se suprimió.

En el anteproyecto de Ley Financiera se justificaba la posibilidad de recurrir a auditores privados en 'favorecer la eficiencia de la función inspectora', sobre todo en cuestiones que exigiesen una especialización técnica, en entidades con una compleja extensión internacional o por 'la excesiva amplitud de los recursos necesarios para atender el objeto de la verificación'.

El anteproyecto de Ley Financiera, en ese artículo finalmente suprimido, también consideraba obligatoria que las entidades objeto de la inspección faciliten 'al auditor cuanta información fuese necesaria para realizarlos'. Y en caso contrario, se estimará que habría 'falta de colaboración' con el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

El proyecto de ley Financiera que remitió el Gobierno central al Congreso de los Diputados no incluía este artículo, pero sí una disposición adicional en la que se permitía contratar a auditores externos para elaborar los informes sobre como aumentar la eficacia de las tareas de diversos órganos de supervisión, como el Banco de España, la CNMV o la Comisión Nacional de Energía. Una enmienda del Grupo Popular eliminó esta posibilidad del texto legal que esta semana se discute en el Senado.

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