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El TSJC concede una indemnización a una trabajadora por acoso sexual

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado una sentencia por la que concede una indemnización de 6.010,12 euros, además de otras tres indemnizaciones por otros conceptos que suman un total de 19.553 euros, por daños morales a M. D. T. N., una trabajadora que dejó su empleo a causa del acoso sexual de su jefe. Según la sentencia, desde que la mujer empezó a trabajar en la empresa, en mayo de 1993, su jefe le hizo reiteradas insinuaciones de naturaleza sexual.

Para ello, según la sentencia, buscaba quedarse a solas con ella, tanto en la oficina como fuera, lo que 'producía en ella una sensación de nerviosismo y ansiedad', como consecuencia de la cual en junio de 1998 acudió al médico, que le recetó pastillas tranquilizantes para combatir esta situación. En agosto de 1998, la trabajadora fue al domicilio de su jefe, que después de mantener una conversación de contenido sexual y de decirle: 'Tú ya sabes lo que siento por ti', le tocó las piernas, por lo que ella empezó a llorar. Un juzgado de instrucción condenó al hombre por una falta de vejaciones injustas a indemnizar a la empleada con 17.958,24 euros. La sentencia fue anulada por la Audiencia Provincial de Barcelona. Días después, la trabajadora fue a la consulta de psiquiatría y estuvo de baja durante 447 días a causa de un proceso de estrés laboral permanente causante de un trastorno de ansiedad y depresión. La sentencia del TSJC reconoce ahora que el jefe de la trabajadora 'la ha sometido a un trato degradante, conculcando el derecho a la integridad moral'.

El tribunal considera la 'conducta libidinosa' del jefe suficientemente grave 'por su intensidad, reiteración y efectos sobre la salud mental de la trabajadora y generadora de un entorno hostil e incómodo', y que al no ser deseada por ella, 'era ofensiva, hostil, intimidatoria y humillante, violentando el derecho a su libertad'.

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