Dirección equivocada
La decisión del consejero de Justicia del Gobierno vasco de dirigirse al CGPJ solicitando amparo frente al auto del juez Garzón constituye un error de bulto. El CGPJ no puede corregir una decisión adoptada por un juez en el ejercicio de la función jurisdiccional, porque es un órgano de gobierno del poder judicial, pero no es un órgano jurisdiccional. El CGPJ no ejerce ni puede ejercer función jurisdiccional alguna y, en consecuencia, no puede decir absolutamente nada sobre si la decisión de un juez en el ejercicio de la función jurisdiccional, repito, es 'correcta y está ajustada a derecho' o no lo está.
Lo único que puede hacer el CGPJ, si entiende que la conducta de un juez es constitutiva de una falta, es ordenar la apertura de un expediente disciplinario e imponer, en su caso, la sanción correspondiente. Sancionar disciplinariamente a un juez entra en las competencias del CGPJ. Corregir la fundamentación jurídica de las decisiones de un juez le está expresamente prohibido. El escrito del consejero vasco tiene que ser rechazado de plano por el CGPJ. No puede entrar siquiera a tomarlo en consideración.
No es, por tanto, al CGPJ al que el consejero vasco tiene que dirigirse. Si el consejero vasco no está de acuerdo con la fundamentación jurídica del auto del juez Garzón, es al Tribunal Supremo al que tiene que dirigirse formulando una querella por prevaricación contra el juez. Y tiene que dirigirse al Tribunal Supremo porque al auto del juez Garzón lo que se le puede reprochar es que es un ejercicio de prevaricación. Y lo es porque la vía penal que ha puesto en marcha no es la vía del Código Penal, sino que es la vía del juez Garzón. No es la voluntad del legislador la que se ha hecho valer a través del auto, sino que lo que el juez ha hecho valer es la suya propia. En la suspensión de Batasuna, el juez ha sustituido la voluntad general por su voluntad particular. Al hacerlo, no solamente no ha aplicado la ley, sino que ha vulnerado, además, de paso, buena parte de las garantías constitucionales reconocidas en el artículo 24 de la Constitución. Y en esto, justamente, es en lo que consiste el delito de prevaricación.
Si el Gobierno vasco quiere poner orden en la confusión que el juez Garzón está introduciendo en este asunto, es ésta la vía que tiene que seguir. El Gobierno vasco tiene todo el derecho a denunciar que la conducta del juez en el ejercicio de su función jurisdiccional ha sido constitutiva de delito. Más aún. El Gobierno vasco, después de haber ejecutado el auto, no solamente tiene el derecho, sino que tiene toda la legitimidad del mundo para reaccionar frente al mismo, en la medida en que se trata de una decisión judicial que no está fundamentada en derecho, sino que es el resultado del capricho personal de un juez. Un Gobierno democráticamente constituido se está viendo obligado a ejecutar un auto que carece de fundamentación jurídica. (De la providencia dictada por el juez el 2 de septiembre aclaratoria del auto prohibiendo genéricamente el ejercicio del derecho de manifestación ya ni hablo, porque es puro esperpento). No tiene por qué consentirlo.
Pedagógicamente sería, además, muy importante que el Gobierno vasco obligara al juez Garzón a tener que justificar ante el Tribunal Supremo cuál es la interpretación del Código Penal conforme a la Constitución con base en la cual ha dictado el auto por el que acordó la suspensión de Batasuna. ¿A ver cómo justifica el juez Garzón jurídicamente su manera de proceder? Éste sí que sería un servicio que el Gobierno vasco podría prestar al Estado de derecho. Obligar a discutir, no en los medios de comunicación, sino ante el Tribunal Supremo, la fundamentación jurídica de una decisión que está teniendo la transcendencia que está teniendo en la convivencia en el País Vasco en particular, aunque también en España. Por ese camino sí puede transitar el Gobierno vasco, pero no por el que ha elegido. La vía del CGPJ es un callejón sin salida. Si el consejero de Justicia quiere 'poner fin a la confusión que han generado las últimas actuaciones del juez Baltasar Garzón', no es al CGPJ al que tiene que dirigirse, sino al Tribunal Supremo.
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