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Tribuna:DEBATE
Tribuna
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Una reforma necesaria

Soy totalmente partidario de la definitiva consolidación de los juicios rápidos en nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal. Los intentos previos colisionaron con la falta de debate sobre la necesidad de que la reforma legislativa tuviera una memoria económica que la hiciera viable. Los intentos pasados se basaron en una modificación legislativa y en la exigencia de su aplicación sólo con el esfuerzo personal de jueces, fiscales y funcionarios; condujeron a una frustración que provocó desconfianza y llevó a esta figura a ser considerada de simple espejismo político. No hubo voluntad de dar medios para los juicios rápidos. Pasaron sin pena ni gloria por la justicia valenciana: observamos que el poco dinero dispuesto se invirtió en Sevilla y Barcelona, para situaciones puntuales.

Albergo la esperanza de que esta última reforma sea la definitiva, ya que nace del Pacto para la Justicia, efectuado por las grandes formaciones políticas. Son ellas, pues, las que deben posibilitar los juicios rápidos como método eficaz de lucha contra la inseguridad ciudadana. Junto a esa voluntad política debe existir una económica. Y para ello propongo una comisión mixta entre técnicos (jueces, fiscales, abogados, forenses, policías y administraciones involucradas) que determinen los medios necesarios para la eficacia de los juicios rápidos y presentarlas a los gestores políticos para su estudio y aprobación. Este mecanismo lo prevé la propia reforma legislativa. El proyecto establece un periodo de entrada en vigor de tres meses desde la aprobación parlamentaria para que se debatan las necesidades materiales y personales. La suma de esfuerzos permitirá que el éxito de la nueva ley sea rotundo y que por una vez no nos demos la espalda entre los que crean la ley y los que la aplicamos.

Con este esfuerzo cumpliremos lo que la sociedad demanda: que quienes que puedan ser considerados autores de un delito sean juzgados lo antes posible, asegurando las garantías constitucionales que permitan ejercer su derecho de defensa, siendo esta justicia rápida un derecho que recoge la Constitución, e incluso es una garantía para el imputado, que debe de conocer lo antes posible si se formula una acusación contra él y a que se le declare inocente o culpable sin demoras innecesarias. Esta figura cumplirá el mandato constitucional de que la sociedad tiene derecho a procedimientos sin dilaciones y con garantías. Ésta es una clara oportunidad de conciliar un procedimiento penal ágil y garantista para los delitos menos graves, permitiendo reservar la prisión provisional para los delitos graves, y que logrará eliminar las bolsas de pendencia en los juzgados penales, siempre que se aúnen esfuerzos.

Fernando de Rosa Torner es magistrado juez decano de los Juzgados de Valencia.

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