Minusválidos al paro
Deseamos hacer pública nuestra más profunda admiración hacia la política de integración social de los minusválidos llevada a cabo por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
La Ley 13/1982, de Integración Social de los Minusválidos, establece en su artículo 38.3 que en las pruebas selectivas para el ingreso en los cuerpos de la Administración... 'serán admitidos los minusválidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes'. Por ello, en el proceso de consolidación de empleo temporal, categoría de ordenanzas, en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, convocado por orden de 21-5-2001, no sólo no se reserva el 3% de las plazas para los minusválidos, sino que éstos compiten en igualdad casi absoluta con el resto de los aspirantes: un minusválido con deficiencia mental ligera, interino desde hace 10 años en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, con un excelente rendimiento laboral durante ese periodo, debe competir en un examen de conocimientos con, por ejemplo, licenciados universitarios, a los que sí se otorgan cinco puntos por titulación. El resultado es claro: el minusválido acaba en la cola del paro. ¡Viva la integración y felicidades también a los sindicatos por aprobar las bases de un proceso tan justo!
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