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La Junta limita a seis meses el internamiento de menores tutelados

Una comisión técnica declarará el desamparo

Tereixa Constenla

El internamiento institucional de menores retirados de su entorno familiar por sufrir desamparo no superará los seis meses, salvo situaciones de excepcionalidad. Ésta es una de las novedades que aporta el decreto aprobado ayer por el Consejo de Gobierno que regula el régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa de menores en Andalucía. Entre los derechos que regula la normativa también figura el de informar y escuchar al menor afectado, así como el de anunciar con 15 días de antelación a la familia biológica que se va a proceder a la retirada de su hijo por desamparo.

El decreto que regula el régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa de menores, que desarrolla la Ley de los Derechos y la Atención al Menor de Andalucía, consolidará la línea iniciada en los últimos años de evitar la institucionalización de los menores, cuya tutela asume la Junta de Andalucía cuando detectan que sufren abandono o maltrato. Para ahondar en esta vía, la normativa, aprobada ayer por el Consejo de Gobierno, fija en seis meses la estancia máxima de permanencia de un menor en un centro, aunque podría ampliarse en casos determinados. Cada menor, además, contará con un plan personalizado dirigido a su integración social y familiar donde se concretarán los plazos de cada etapa y las medidas alternativas, que estará dirigido por un tutor personal.

El consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña, precisó que para los menores que pase a tutelar la Junta tras la entrada en vigor del decreto no deberían sobrepasar esos seis meses de permanencia en instituciones. El decreto incorpora varias novedades al actual sistema de protección al regular aspectos relativos a los derechos de los menores, pero también de su familia biológica, aunque con la premisa clara de que los 'derechos del menor prevalecen sobre los de la familia', indicó Pérez Saldaña.

La norma autonómica reconoce la opinión del menor en las decisiones administrativas que le afecten y el derecho a recibir información sobre la situación que ha desembocado en su desamparo. Además, se recoge de forma explícita el derecho a relacionarse con su familia de forma directa, oral o escrita.

Sobre el papel de la Administración autonómica en estos casos también se incluyen algunas modificaciones. Las declaraciones de desamparo dejarán de depender en exclusiva del delegado provincial de Asuntos Sociales como ocurría hasta ahora. En su lugar lo harán las comisiones provinciales de medidas de protección, unos órganos de nueva creación donde estarán representados técnicos de las áreas social, educativa y sanitaria con el ánimo de garantizar la máxima objetividad en las resoluciones protectoras. Las comisiones también decretarán el régimen de relaciones del menor con sus familiares.

La familia, por su parte, tendrá derecho a recibir información previa a la retirada de la tutela de su hijo con 15 días de antelación para que puedan recurrir la decisión administrativa. Pérez Saldaña explicó que el decreto contempla excepcionalidades para realizar la retirada urgente en situaciones de riesgo para el menor. La familia biológica tendrá derecho, además, a recibir asistencia jurídica gratuita.

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La Junta tiene asumida la tutela de 5.035 menores y la guarda, a petición de sus padres o tutores, de 1.555. La mayoría (4.430) se encuentran en acogimiento familiar, mientras que 2.160 están en centros.

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Sobre la firma

Tereixa Constenla
Corresponsal de EL PAÍS en Portugal desde julio de 2021. En los últimos años ha sido jefa de sección en Cultura, redactora en Babelia y reportera de temas sociales en Andalucía en EL PAÍS y en el diario IDEAL. Es autora de 'Cuaderno de urgencias', un libro de amor y duelo, y 'Abril es un país', sobre la Revolución de los Claveles.

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