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OPINIÓN DEL LECTOR
Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Otra realidad

EL PAÍS del 9 de diciembre comenta la reclamación, por parte de la empresa minera Tolsa, de 2.700 millones de pesetas de indemnización por ser imposible la extracción de sepiolita en sus concesiones como consecuencia de las obras de la M-45.

Parecería que nos encontramos ante un conflicto de intereses típico de las operaciones urbanísticas, aderezadas siempre con un mayor o menor nivel de especulación.

La realidad es muy distinta; debería haberse discutido si un recurso natural, en este caso la sepiolita, debe ser utilizado o si resulta legítimo que se realicen actuaciones humanas que imposibiliten su utilización; todo ello debería discutirse con independencia del destinatario y la cuantía de los beneficios económicos.

La Constitución, en su artículo 45.2, encomienda a los poderes públicos velar por el uso racional de los recursos naturales; no parece que aquí se haya planteado la cuestión.

Los yacimientos minerales son concentraciones anómalas de sustancias en la corteza terrestre que permiten su utilización por el hombre. Son recursos naturales que forman parte de la riqueza del país, que debe estar subordinada al interés general.

En los últimos 15 o 20 años, desde los medios de comunicación y desde los poderes públicos se ha transmitido la idea de que la actividad extractiva beneficia exclusivamente a las empresas que realizan la explotación a cambio de producir daños en el medio ambiente.

Nada más alejado de la verdad: la empresa constructora concesionaria de una autopista debe cumplir las disposiciones medioambientales, y la empresa minera concesionaria de una explotación, también; los poderes públicos deben velar por que sea así.

No puede plantearse la existencia de sectores patito feo causantes de todos los males y sectores estrella que resulten una bendición de Dios.

Desgraciadamente, la minería se considera hoy un sector patito feo y se olvida que es imprescindible para el bienestar. Cuando olvidamos que los recursos mineros son bienes que debemos utilizar racionalmente, podemos llegar a situaciones tan absurdas como las comentadas en EL PAÍS el pasado día 9. ¿Se debe indemnizar? ¿Con qué montante?

Las preguntas a contestar son distintas: ¿España puede permitirse el lujo de no aprovechar la sepiolita? ¿Podrían darse alternativas para racionalizar la utilización de los recursos? Ni España ni ningún otro país pueden permitirse políticas que no tengan como objetivo el desarrollo sostenible.

La existencia de los yacimientos de sepiolita es conocida de antiguo por la Administración. ¿Qué dice el Plan General de Madrid de 1997 sobre los recursos naturales de sepiolita que afecta? Si trató el problema existente y dio una solución, sólo debemos esperar que los tribunales actúen y resuelvan el recurso presentado por Tolsa. Si el Plan General no aporta un análisis de sus efectos sobre los recursos naturales de sepiolita, estará viciado de inconstitucionalidad, ya que los poderes públicos no habrán cumplido el mandato del artículo 45.2 de la Constitución.

Me temo que lo ocurrido sea esto último y que el caso del Plan General de Madrid no sea una excepción. Todo plan debe ser contemplado en el tiempo y en el espacio, y no parece lógico que, volviendo al caso del Plan General de Madrid, se proyecten unos barrios y una carretera que tenga efectos negativos sobre aquéllos, hasta el punto de que a posteriori deba pedirse a las empresas concesionarias que 'levanten grandes murallones de tierra de hasta diez metros de altura'. Mucho me temo que la política haya sustituido el desarrollo sostenible por el del beneficio sostenido de los que tienen el poder.

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