Archivada la querella del PA contra la alcaldesa de Cádiz por no facilitar información
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cádiz, Candelaria Sibón Molinero, ha decretado el sobreseimiento de la querella que interpuso el portavoz del PA en el Ayuntamiento de Cádiz, Julio Braña, contra la alcaldesa de esta ciudad, Teófila Martínez, por denegarle información municipal. Braña quiso obtener así de la alcaldesa las respuestas a las preguntas y peticiones propias de la labor de oposición de control al gobierno local, del PP.
La magistrada archiva la querella porque sostiene que la vía penal no es el procedimiento adecuado y emplaza a Braña a seguir con su denuncia por la Jurisdicción Contencioso Administrativa porque detecta que Martínez 'pudo conculcar' un derecho constitucional del dirigente andalucista.
El edil del PA emprendió la vía judicial contra Martínez al entender que se le privaba de la información 'necesaria y legítima' para desarrollar su labor de oposición y de fiscalización sobre el gobierno municipal.
Julio Braña denunció que, desde el mes de noviembre de 1998 hasta el año 2000, la alcaldesa sólo respondió a cuatro de las 25 preguntas dentro del plazo de cinco días establecido por ley, mientras que 11 fueron contestadas con retraso y otras 10 no han obtenido aún respuesta alguna.
Por estos hechos, el portavoz andalucista pedía para Martínez la inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a cuatro años, como establece el artículo 542 del Código Penal, por impedir el ejercicio de derechos reconocidos en la Constitución. Braña acusa a la alcaldesa de Cádiz de vulnerar el artículo 23.1 de la Constitución que reconoce 'la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos directamente o por medio de los representantes libremente elegibles'.
En el auto, la juez afirma que 'pudo haber una posible conculcación de este derecho constitucional', aunque sostiene que 'aun habiendo violación del artículo 23 de la Constitución, la protección de la violación de tal derecho pudo y debió ser ejercida en el ámbito de la Jurisdicción Contencioso Administrativo'.
Julio Braña anunció que denunciará en breve estos hechos ante la sección contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
'La juez me dice que no es la vía correcta que hay que seguir, por lo que seguiremos por la otra vía. Por lo menos, me queda la satisfacción de que la magistrada reconoce textualmente que Teófila Martínez ha violado mis derechos constitucionales al negarme la información en una constante violación a la labor de oposición', dijo Braña.
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