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Tribuna:CGPJ, GOBIERNO CENTRAL Y JUNTA DE ANDALUCÍA
Tribuna
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El reparto de competencias en los juzgados de Marbella

Agustín Ruiz Robledo

Los dos espectaculares robos de principios de agosto en Madrid y Marbella han puesto una nota de color en las tristes páginas de sucesos del verano, plagadas de incendios, homicidios y atentados suicidas. Los medios de difusión comenzaron dando el mismo relieve a ambos, sin embargo con el paso de los días apenas se publican noticias sobre el robo de obras de arte en casa de Esther Koplowitz, mientras no disminuyen las relativas a la desaparición de sumarios en los juzgados de Marbella. Desmintiendo el tópico sobre la banalización de la prensa, creo que aciertan los medios al darle mucha mayor relevancia a este segundo robo y tenernos diariamente informados sobre los avatares de las distintas investigaciones sobre el paradero de los 15 sumarios porque la trascendencia y gravedad de un robo en una dependencia pública no puede ser comparable a la ocurrida en una privada, por mucho que en este caso se hayan perdido piezas importantes de nuestra historia artística y en el otro se trate de 50.000 folios cuya pérdida -al decir de las autoridades- únicamente va a significar un 'retraso mínimo' en el comienzo de los juicios afectados.

El lamentable robo de Marbella ha puesto también de relieve la dedicación de nuestros políticos, que a pesar de estar en plenas vacaciones se han aprestado a dar su opinión sobre el asunto. Me parece que la mayoría de ellos han estado a la altura de las circunstancias transmitiendo un mensaje de sosiego y tranquilidad que es muy necesario para que los ciudadanos mantengamos la confianza en la Justicia. Es más, se les nota preocupados por fijar lo que podríamos llamar responsabilidades secundarias de este asunto. Como el entramado de poderes públicos con responsabilidad sobre los juzgados marbellíes es complejo, no debe extrañarnos que las opiniones no sean coincidentes: los máximos dirigentes regionales del PP e IU piensan que la responsabilidad de la tutela de los expedientes corresponde a la Junta, el secretario de Organización del PSOE señala al Ministerio de Justicia, mientras que el presidente y la consejera de Justicia de la Junta ponen el acento en la responsabilidad de jueces y secretarios, etcétera. Quizás el único detalle llamativo de esta interesante polémica jurídica sea el hecho de que ninguno de los opinantes acepte que él o el organismo que representa no haya estado todo lo diligente que debiera en el cumplimiento de sus funciones.

A pesar de que cada una de las partes da razones de peso para fundamentar su opinión, no termino de formarme la mía propia. Partiendo del supuesto obvio de que el responsable de un delito es quien lo comete (lo que en algunas declaraciones no siempre queda claro), creo que habrá que esperar a que se conozcan sus autores y las circunstancias en que lo cometieron para saber si hay alguna responsabilidad política. Sin ánimo de ser muy precisos, se puede decir que, atendiendo al régimen jurídico de distribución de competencias entre las distintas Administraciones en materia de Justicia, si el fallo estuvo en la seguridad general del edificio o en la conducta de los oficiales y demás funcionarios secundarios, entonces el responsable será la Junta; si el fallo se localiza entre los fiscales o secretarios entonces la responsabilidad política recaerá en el Gobierno central y si el fallo es achacable a los jueces, habrá que mirar hacia el Consejo General del Poder Judicial.

Mientras espero a tener más datos para formarme una opinión sobre si hay o no alguna responsabilidad política concreta en este caso, le estoy dando vueltas a una idea general: ¿de verdad esta triple dependencia (CGPJ-Gobierno-Junta) de los funcionarios y de los servicios de Justicia es la más racional y la que mejor puede satisfacer el derecho a la tutela judicial efectiva? El hecho de que los jueces ni siquiera puedan adoptar la decisión de cambiar la cerradura de sus despachos me hace pensar que no, pero como su constitucionalidad viene avalada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y su valía la ha refrendado el Pacto por la Justicia del 28 de mayo, quizás la pregunta esté fuera de lugar; pero tengo para mí que la escisión entre 'Administración de Justicia' (que gobierna el CGPJ) y la 'Administración de la Administración de Justicia' (que actualmente tienen atribuidas siete comunidades autónomas y el Gobierno central) no es el mejor modelo de eficacia administrativa que cabe imaginar. Mucho más lógico sería incrementar las funciones del CGPJ para que él fuera el único responsable de ambas. Claro que una cosa es la racionalidad técnica y otra la utilidad política y me temo que esta propuesta tiene muchos inconvenientes de ese tipo. Así, mientras que su sesgo centralista podría mitigarse dando participación efectiva a las Comunidades en la elección de los miembros del CGPJ, no se me ocurre cómo compensar la pérdida de poder personal de las autoridades del Ministerio de Justicia y de sus homólogos autonómicos y la de sus respectivos partidos.

Agustín Ruiz Robledo es profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada

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