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El Defensor del Pueblo pide que los niños puedan regularizarse por arraigo

La Oficina del Defensor del Pueblo ha hecho una recomendación a la Delegación del Gobierno para la Extranjería en la que pide que dé las 'oportunas instrucciones' para que los menores de edad que están en España acompañados de sus padres puedan acogerse también al proceso de regularización por arraigo que ha iniciado el Gobierno. Esta petición responde a una queja presentada por varias familias que han visto cómo la Delegación de Gobierno de Madrid no admitía a trámite los expedientes de sus hijos, alegando que primero deben regularizarse los padres y luego los hijos.

En la queja presentada por el abogado de estos inmigrantes el pasado día 12, tanto ante el Defensor del Pueblo como ante el del Menor de la Comunidad de Madrid, se denunciaba la 'violación de los derechos de los menores extranjeros así como una discriminación'. Según defiende el abogado, Luis Vidal de Martín, 'en la regularización que está actualmente en vigor se establecen dos requisitos: estar en España antes del 23 de enero pasado y acreditar arraigo, y la Administración no admite sus papeles aunque cumplen sobradamente los dos requisitos, de hecho uno de los niños incluso nació en España'.

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Desde el Ministerio del Interior se explica que este sistema está regulado por una orden ministerial de 1996 y que también está recogido en el Reglamento. El procedimiento que se sigue es que primero se regularice la situación de los padres y después se haga una exención de visado a los menores.

Según Interior, con esto no se trata de discriminar a los menores, sino de asegurar la unión familiar, ya que si se presentasen las solicitudes de padres e hijos al mismo tiempo podría suceder que los menores fuesen regularizados y los padres no, lo que acarrearía su expulsión.

Procedimiento más lento

Para Vidal de Martín el problema es que este procedimiento ordinario es 'más lento que acogerse al proceso extraordinario que está ahora en marcha, ya que con el sistema de arraigo los papeles pueden estar en unos cinco meses y de la otra forma han de conseguir primero la regularización los padres, luego solicitar el visado del menor y finalmente su regularización, en total unos dos años'.

La Oficina del Defensor ha entendido que la queja presentada tenía base y ha remitido una recomendación a la Delegación de Extranjería tras estudiar el caso en la que se pide que 'se dicten las oportunas instrucciones para que no se obstaculice la presentación de expedientes de menores acompañados' en el proceso en marcha.

María Luisa Caba, adjunta primera del Defensor, explicó que, 'debido a la urgencia del caso, ya que el plazo de regularización termina el próximo miércoles', han 'resuelto con la máxima brevedad' y ya 'remitido a Extranjería una recomendación', que es 'todo' lo que pueden hacer. La Oficina del Defensor del Menor se ha declarado no competente en este caso, aunque aún así han comunicado al abogado que se pondrán en contacto con Extranjería para tratar el tema.

La queja de estas familias inmigrantes que ha recogido el Defensor del Pueblo se basa en que 'ni Ley ni en el Reglamento de Extranjería se dice que la mayoría de edad sea un requisito necesario para acceder a la regularización'. 'Sin embargo', afirma Vidal de Martín, 'el artículo 23 de la ley sí que habla de la discriminación en el trato a los extranjeros'.

También se expone que esta medida, explica el abogado Vidal de Martín, vulnera la Ley del Menor, ya que ésta 'exige que se dé el trato más favorable a los menores, que en este caso es que se puedan acoger a la regularización'.

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