_
_
_
_
EL 'CASO LIAÑO'

Los criterios del alto tribunal que logró anular el Ejecutivo

La Sala Penal del Tribunal Supremo, reunida en enero para decidir el alcance del indulto concedido por el Gobierno al ex juez Javier Gómez de Liaño, condenado por prevaricación continuada, resolvió por ocho votos a favor y seis en contra que no procedía su reintegro inmediato a la carrera. Y aportó los siguientes argumentos:

- La expulsión de Liaño de la carrera judicial ya había sido declarada cumplida por lo que 'el real decreto de indulto, como es obvio, no puede modificar una resolución judicial firme sobre el cumplimiento de las penas impuestas en una sentencia judicial'. En el caso de Liaño, la pena de inhabilitación especial tenía como consecuencia inmediata la privación definitiva del empleo o cargo.

Más información
El Tribunal de Conflictos devuelve a Liaño a la carrera judicial, contra el criterio del Supremo

Este criterio del Supremo es rechazado y anulado por el Tribunal de Conflictos cuando mantiene que 'la determinación del alcance del indulto en cuanto a la pena ejecutada corresponde al Gobierno'.

El Supremo interpretó que el decreto del Gobierno indultaba a Liaño de la pena especial de inhabilitación que le incapacitaba para obtener la condición de juez durante 15 años. A partir de la publicación en el BOE del decreto del indulto, Liaño tan sólo tendría que esperar cinco años, cuando se cancelasen sus antecedentes penales, para acceder a la carrera por alguno de los turnos reservados a abogados y juristas.

La decisión del Tribunal de Conflictos también revisa esa interpretación al establecer el reintegro automático sin necesidad de acceder a través de los turnos reservados a abogados y juristas.

Ante un requerimiento del Ministerio de Justicia, el Supremo sostuvo en marzo pasado, por diez votos a favor y uno en contra, la imposibilidad de que el Tribunal de Conflictos, 'competente únicamente en materia de deslinde competencial, revise y anule la interpretación de la legislación penal' hecha por el Supremo. Pese a ese criterio, el Tribunal de Conflictos ha revisado y anulado la decisión del Supremo sobre el indulto a Liaño.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_