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Competencia retrasa su resolución sobre los contratos de las gasolineras

El Tribunal pide nuevos datos a las partes para tomar una decisión

El Tribunal de Defensa de la Competencia eludió pronunciarse sobre el expediente que estudió en su pleno de ayer sobre los contratos de exclusividad que firman las petroleras con las gasolineras. El tribunal, que contaba con los datos que le había suministrado el Servicio de Defensa de la Competencia, ha utilizado un recurso legal para recabar nuevos datos a las partes y así prolongar el procedimiento. Este retraso ha supuesto un jarro de agua para la asociación de gasolineros que inició el proceso.

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha apurado el plazo legal para tomar una decisión sobre este expediente que tiene su origen en la denuncia que hizo en 1999 la Asociación de Propietarios de Estaciones de Servicio (APES), que agrupa a 100 empresarios.. Esta asociación denunció la presunta ilegalidad de los contratos de suministros en exclusiva de las gasolineras por parte de Repsol y Cepsa.

La denuncia fue admitida a trámite por el Servicio de Defensa de la Competencia el 26 de agosto de 1999. El Servicio lo envió al tribunal para que decidiera si imponía multas a las petroleras. El Servicio consideró que los contratos con las gasolineras era muy largos, en contra del reglamento de la Unión Europea. Asimismo, distinguía entre contratos de comisión (que puede fijar el precio final la petrolera) y los de agencia (no puede fijar el precio), destacando que muchos de los contratos de Repsol y Cepsa no eran de comisión, por lo que no podían fijar el precio. Las petroleras mantienen las tesis contrarias.

El plazo para que el tribunal se pronunciara concluía este mes y en base al argumento legal de 'diligencias para mejor proceder' ha retrasado su resolución. El eje central de la denuncia de APES es que en los contratos que las petroleras ofrecen a los gasolineros éstos aparecen como comisionistas y no como revendedor, figura más adecuada tras la liberalización del sector.

Normativa comunitaria

Los responsables de APES entienden que este trato vulnera la normativa comunitaria, y tiene gran importancia porque en caso de que el gasolinero sea considerado como revendedor los contratos no podrían superar los cinco años de duración (10 años como tope si tienen contraprestaciones especiales) y ahora hay que firmarlos por 30 años. Según entiende la APES (que también denunció esta situación ante la Comisión Europea en 1998), con la figura del revendedor, que es su objetivo, debe ser el empresario el que fije su margen de beneficio y con ello se abriría una fuerte competencia en el sector.

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha debatido sobre el trato que debe darse a los gasolineros. Si son comisionistas, las petroleras pueden fijar el margen de precio, mientras que si son revendedores tendrán libertad para fijar los precios como cualquier comercio de otros sectores. La decisión que se tome tiene un fuerte calado en el sector. En APES el retraso ha sido un mazazo y temen que se ceda ante las petroleras. Ahora existen en España unas 7.000 gasolineras. La mitad de ellas son de Repsol y Cepsa y el resto son concesiones que abanderan una marca determinada con un contrato en exclusiva.

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