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El efecto 'no deseado' de privilegiar al gran traficante

Un voto particular de Perfecto Andrés, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, a un recurso del fiscal a una benévola sentencia contra un narco, ha abierto una fisura en la doctrina del tribunal sobre el concepto de notoria importancia, la línea divisoria a partir de la cual un detenido con drogas es condenado a más de nueve años. Andrés considera que situar la divisoria en los 120 gramos de cocaína produce 'la consecuencia no deseada de privilegiar el tráfico de estupefacientes a gran escala'.

El juez explica que el concepto, 'convencionalmente aceptado (...) pero no necesariamente mejor ni peor fundado que otros', ha suscitado 'justificada preocupación en los tribunales' sobre los que se descarga su interpretación ya que el Código Penal formula la notoria importancia de forma 'evanescente'.

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Andrés cree que 'en ningún caso' debería considerarse como notoria 'una cantidad inferior a la precisa para abastecer un mercado potencial de cien consumidores medios durante una o dos semanas', es decir, entre 840 y 1.680 gramos netos. Así, propone que el transporte de entre 200 o 300 gramos se pene con cuatro o cinco años de prisión, el de 600 o 1.000 con seis o siete, 'y así sucesivamente'. Eso permitiría ajustar las penas por drogas 'a su relevancia objetiva en la economía real del narcotráfico', tratar de 'forma más humana' a los correos e impedir que reciban penas que no son proporcionales a 'la trascendencia de su papel' en el tráfico de estupefacientes.

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