_
_
_
_
_
Tribuna:OPINIÓN
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Endogamia y Universidad

Confirmando las noticias que circulaban en los medios académicos el MEC acaba de anunciar que propondrá al Gobierno la presentación de un proyecto de nueva ley de autonomía universitaria que, entre otras novedades, contiene una innovación radical: la introducción de pruebas nacionales para la habilitación del profesorado. Se abandona así una de las piezas más defectuosas de la LRU, que ha dado lugar a un problema que no por ser falso es menos popular y exitoso: el de la endogamia.

Vaya por delante que el cambio en nada puede lesionar la autonomía universitaria por una sencilla razón: en el sistema LRU realmente existente las universidades no tienen ninguna intervención en la provisión del profesorado funcionario. En ese terreno las decisiones corresponden a los departamentos y al profesorado funcionario del área correspondiente, no a la Universidad donde se halle la plaza, que ni pincha ni corta por sí misma, y las más de las veces no es sino una institución auxiliar del primero, de los segundos o de ambos. Por eso es sofístico el planteamiento del problema en términos de endogamia, porque la Universidad no puede autoreclutar su profesorado porque no tiene instrumentos válidos que le permitan hacerlo. No es esa la cuestión, el problema es otro, y por cierto mucho más grave, radica sencillamente en que, salvo circunstancias excepcionales, el reclutamiento del profesorado funcionario se hace al margen de cualquier consideración de mérito y capacidad. Hace tiempo un querido amigo ya fallecido lo expresaba con meridiana claridad: 'Mire usted, Sospedra, para ganar una oposición hacen falta tres amigos en el tribunal. Si, además, usted se sabe un manual, mejor. Pero no es condición indispensable'. Fin de la cita.

Tres son los elementos claves del sistema realmente existente que lo definen como tal y cuya combinación produce los efectos de todos conocidos: no hay acceso al cuerpo de funcionarios, sino a plaza concreta, como consecuencia no es factible incorporar equipos y el traslado requiere nuevo concurso, no hay movilidad y por ello en sentido propio el cuerpo no existe; los tribunales están formados por profesores de una única área de conocimiento: la de la plaza; finalmente si el departamento de la plaza está unido tiene una posición de fuerza: designa por sí a una minoría que casi siempre lo es de bloqueo y tiene muchas posibilidades de convertirse en mayoritaria tras el sorteo. En el fondo los tres problemas se resumen en uno: los candidatos son pocos, los juzgadores también y entre unos y otros hay lazos de dependencia anteriores y exteriores al sistema legal de reclutamiento. La consecuencia última tiene resonancias costistas: el sistema real de reclutamiento es oligarquía y caciquismo. Por eso se ha podido escribir que en el sistema actual si Kant se presentara a una plaza de Metafísica perdería. Como perdió en su día Lledó.

El sistema de habilitación tiene al respecto tres grandes ventajas: en primer lugar rompe el acceso al cuerpo con el acceso a plaza determinada; eso es crucial porque aumenta el tamaño de los aspirantes (no son el puñado interesado en plaza determinada, sino todos) y aumenta el tamaño del grupo de extracción del tribunal, la combinación de ambas cosas hace que el sistema de cacicazgo existente se vea fuertemente afectado y sus oportunidades de control seriamente disminuidas, ya que unas y otras dependen fuertemente del reducido tamaño de campo de juego en el sistema actual, por ello es de esperar que cualquier propuesta de este tipo suscite resistencias en las universidades; en segundo lugar disminuye la oportunidad del departamento concreto de colonizar la elección, lo que hace que las minorías departamentales tengan chance, cosa que ahora no sucede, lo que introduce por sí misma mayor competencia; en tercer lugar permite fichar equipos y no sólo profesores individualmente considerados, lo que, a su vez posibilita que las universidades tengan una política de personal propia y cuenten con posibilidades reales de especializarse al contar con los instrumentos que permiten la de su profesorado. Adicionalmente el sistema de habilitación nacional permitiría resolver el problema de la cualificación profesional del profesorado permanente de universidades privadas y centros adscritos, hoy situado en la más completa indefinición.

Pero lo dicho es cierto si se trata de un sistema de habilitación, no de un retorno al método de oposiciones nacionales para plazas determinadas anterior a la LRU o a una opción mixta como sucedió en los procesos de transformación anteriores a la LRU misma. Y no faltan indicios de que es de una fórmula mixta muy parecida al sistema pre-LRU de lo que se trata. Muestra de ello es el absoluto silencio sobre cuatro cuestiones relevantes: primera, la regulación de los traslados, ¿van a requerir nuevo concurso o basta el acuerdo entre el afectado o afectados y la Universidad?, cuestión en la que se juegan la especialización y los equipos; segunda, el mantenimiento de dos cuerpos de funcionarios (titulares y catedráticos) que no tiene sentido en el contexto de un sistema de habilitación y cuyo sostenimiento facilitaría la continuidad del sistema de patronazgo realmente existente; tercera, composición de los tribunales, ¿estos van a estar integrados como hasta ahora sólo por profesores de un área, previamente vinculados entre sí por relaciones de clientela, o por el contrario van a incluir una minoría de jueces de disciplinas afinas?, cuestión en la que, una vez más, se juega el futuro del caciquismo realmente existente; cuarta, régimen transitorio, ¿qué va a suceder con el personal existente parte del cual proviene de pruebas nacionales exclusivamente, parte de una mixtura entre pruebas nacionales y sistema LRU y, finalmente, una parte mayoritaria es sistema LRU puro? La cuestión, como se ve no es baladí. Empero me parece oportuno recordar que los cacicatos, las clientelas y la endogamia no nacieron con la LRU, el reclutamiento en términos de relaciones de patronazgo y clientela existía con anterioridad. La LRU no inventó los caciques, simplemente descentralizó el cacicato. No inventó la endogamia, sencillamente la democratizó. La cuestión no está ahí, la cuestión está en procurar un sistema lo menos vulnerable posible al patronazgo, lo más favorable posible a las políticas de personal propias de cada Universidad y lo más próximo practicable a los principios de mérito y capacidad. La habilitación rectamente entendida puede servir. Oído al parche.

Manuel Martínez Sospedra es profesor de Derecho de la Universidad Cardenal Herrera-CEU.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_