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Las sanciones a los abogados crecen un 11% y las quejas de clientes, un 7%

72 abogados fueron suspendidos en 2000 para ejercer la profesión

La memoria del Colegio de Abogados de Barcelona del año 2000, que se discutirá hoy en una junta que preside Jaume Alonso-Cuevillas, indica que el año pasado se recibieron 639 quejas por el servicio recibido. En 1999 fueron 596 y un año antes, 561. La inmensa mayoría las presentan los ciudadanos, aunque en alguna ocasión es otro compañero, un tribunal o incluso la fiscalía quien se dirige al colegio para cuestionar el comportamiento profesional de un abogado.

Los ciudadanos se quejan, principalmente, del retraso en la tramitación de los casos, en algunas ocasiones no atribuible al abogado, sino al funcionamiento de la justicia. La segunda causa más frecuente está relacionada con la liquidación de los honorarios del abogado, y la tercera tiene que ver con el comportamiento ético de este profesional.

La inmensa mayoría de estas 639 quejas presentaban algún argumento razonable, porque en 618 casos el Colegio de Abogados abrió diligencias. Al final, más de la mitad (394) quedaron archivadas, pero en otros 164 casos se inició un expediente disciplinario contra el abogado. Un total de 131 acabaron con la imposición de una sanción, un 11% más que en 1999, cuando se impusieron 118, y más del doble que en 1998, cuando las sanciones sólo fueron 52.

Joan Maria Xiol, vicedecano del Colegio de Abogados de Barcelona, asegura que ese aumento de las sanciones responde sólo a 'la capacidad de autoanálisis' del colectivo. 'Sancionamos las conductas que causan daño a la sociedad y a la profesión, porque una de nuestras funciones es evitar que se produzcan abusos cuando el ciudadano entra en el mundo desconocido de la justicia', asegura Xiol.

En cuanto a la diferencia con respecto a hace dos años, se debe a que en aquella época había acumulada una bolsa de expedientes por resolver procedentes del mandato del anterior decano, Eugeni Gay, según afirma Xiol.

De las 131 sanciones impuestas el año pasado, 19 acabaron con la suspensión para el ejercicio de la profesión por un periodo que va de los tres meses (tres casos) a los 10 años (un caso). Un letrado fue incluso expulsado del colegio y en otros cinco casos la suspensión fue de un año.

También se produjeron casos de diez, ocho, cinco y dos años de suspensión. Son los más flagrantes y muy escasos, pero existen. Desde el abogado que estando de baja como colegiado ejerce la profesión, acudiendo incluso al juzgado de guardia para atender a un detenido, hasta la apropiación indebida de los fondos del cliente. También se dan casos en los que se revela el secreto profesional o se presenta una minuta habiendo estado designado abogado de oficio. El año pasado, estas sanciones muy graves fueron únicamente nueve, y dos años antes, seis.

En otros 53 casos se impusieron sanciones graves, que comportan la suspensión para ejercer la profesión entre los cinco días y los tres meses. Un año atrás fueron 50 y hace dos, 25. También se acordaron 59 sanciones leves, que consisten en un apercibimiento por escrito.

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