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Un tribunal italiano ve 'ilegítimos' los cupos para los no comunitarios

El juez de trabajo de Giulianova (Teramo) falló el 4 de diciembre en favor de la demanda de Jeff Sheppard contra la decisión de la Federación Italiana de Baloncesto (FIP) de no inscribirle porque su equipo, el Cordivaro Roseto, de la Serie A-1 (Primera División), cuenta ya con dos no comunitarios, los máximos permitidos por la reglamentación vigente.

Sheppard, que la pasada campaña jugó en el Benetton Treviso, fichó para la actual por el Cordivari Roseto, una de las grandes revelaciones y que cuenta en sus filas con el también estadounidense George Gilmore y el bahameño Ian Lockhart. Como la FIP no aceptó por este motivo su inscripción, Sheppard decidió presentar una reclamación judicial ante lo que considera 'una discriminación por motivos de nacionalidad, que le prohíbe ejercer el fundamental derecho al trabajo y a la actividad económica'.

El magistrado falló días después en favor de Sheppard en una decisión muy parecida a la que meses antes había obtenido también el futbolista nigeriano Ekong Prince Ipke.

El Tribunal de Reggio Emilia había dado la razón a Ekong en su demanda contra la Federación Italiana de Fútbol, que le impedía jugar en la Serie C (Segunda División B), categoría en la que la normativa no permite jugar a los no comunitarios.

Dicho tribunal determinó que, según la ley de 1998, que garantiza la igualdad de trato entre los trabajadores italianos y los extranjeros que estén presentes y residan legalmente en la República Italiana 'no se le puede prohibir ni a Ekong ni a nadie no comunitario ejercer su labor si tiene todos los documentos en regla'.

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