Un veredicto complaciente
Las condiciones del Gobierno para la fusión de Endesa e Iberdrola, ni aumentan la competencia ni facilitan la operación
Rodrigo Rato compareció después del Consejo de Ministros del viernes 2 de febrero para anunciar las condiciones que impone el Gobierno para autorizar la fusión de las dos grandes eléctricas españolas, Endesa e Iberdrola. Durante su intervención dejó claro en repetidas ocasiones que sus decisiones estaban fundadas en los dictámenes de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) y del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC). Referencia que es inexacta o abusiva en varios aspectos importantes de la operación.
En síntesis, el Gobierno autoriza la fusión Endesa-Iberdrola siempre que sumpla las siguientes condiciones: la cuota de generación (producción eléctrica) queda limitada a la producción actual de Endesa (19.400 megavatios); la cuota de distribución (red de cables que llegan hasta los hogares, que es un monopolio) para la nueva empresa se establece en el 48%; el porcentaje de comercialización (clientes) admitido es del 40%; se concede un periodo de 14 meses para que la nueva empresa se desprenda, mediante subasta, de los activos excedentes; se elimina la percepción de costes de transición a la competencia (CTC) por tarifa, aunque se mantiene la retribución por diferencias; y se impone que, a cambio de la fusión, aparezcan al menos dos nuevos operadores en el mercado eléctrico.
Si se pretende que un comité de personalidades independientes vigile la fusión, ¿para qué sirve la CNE? -
Estas condiciones, explicadas con cierta rapidez por Rodrigo Rato, encierran -encubren, si se es mal pensado- intentos de encubrir los problemas políticos derivados de la deficiente legislación sobre competencia en España y de las conexiones inedeseables que existen entre los presidentes de algunas empresas privatizadas y el Gobierno.
- Matices de fondo. El Gobierno, es decir, Rodrigo Rato, ha tomado las cifras que convenían a las empresas de los informes de la CNE y del TDC y los ha mezclado de forma discrecional. No se entiende para qué es necesario un Tribunal de Defensa de la Competencia o la Comisión si sus cálculos (aunque no sean vinculantes) son ignorados o utilizados de forma interesada. La respuesta es que sirven como instrumentos políticos. El TDC planteaba un límite de generación del 35%; la CNE, 41%, y el Gobierno, aproximadamente el 42%. En distribución y comercialización, las diferencias también son significativas. En distribución -monopolio del cable doméstico-, tanto el TDC como la Comisión proponían en torno al 41% del mercado; el Gobierno lo ha aumentado hasta el 48%. Es decir, hasta enero del 2005 se garantiza la mitad del monopolio a la empresa fusionada. En cuanto a la comercialización -volumen de clientes-, la CNE proponía que Endesa-Iberdrola tuviera menos del 50% del mercado, y el TDC, el 40%. El Gobierno impone el 40% de media hasta enero del 2005 y hasta el 60% de máximo en las zonas donde también distribuye.
El meollo de esta cuestión es sencillo: el monopolio de distribución se mantiene, el de generación no desaparece y, por lo tanto, la Endesa-Iberdrola naciente controlará los precios y el mercado hasta donde se puedan evitar las tarifas reguladas. Por lo tanto, las condiciones que impone la aprobación no mejoran la competencia en el mercado eléctrico, ni siquiera mantienen la existente.
- Para evitar a Bruselas. El truco más brillante del bloque de condiciones articulado por el Gobierno es el de los CTC (costes de transición a la competencia). El Gobierno ha aprobado un Real Decreto-ley que obliga a transmitir los CTC con los activos vendidos. Es decir, la empresa que compre los activos que vendan Endesa e Iberdrola recibirá con dichos activos el derecho a cobrar los CTC correspondientes. Bien. El decreto dice, además, que 'en caso de aflorar plusvalías en la venta de activos se reducirán los correspondientes CTC pendientes de cobro a la empresa vendedora'. ¡Faltaría más! Si tal cosa no se hiciera, resultaría que los CTC se perciben dos veces. Pero de la norma del decreto no se desprende que los CTC vayan a disminuir, como proponía la Comisión de la Energía; sólo cambia su titular. El resultado probable es que la Comisión Europea lo tendrá muy difícil si pretende rastrear las ayudas percibidas. Si la idea era compliar la vida a las autoridades comunitarias, que tienen cada vez más claro que los CTC son alegales, éste es el procedimiento mejor.
Además, resulta que prescindir del pago de CTC por tarifa no significa que el consumidor vaya a pagar menos; porque las empresas recibirán las ayudas por el método de liquidación por diferencias, lo cual significa, o casi, que si hasta el momento, mediante la percepción de los CTC vía tarifa, se reconocía el derecho de las compañías a percibir los CTC, ahora sólo recibirán el dinero en función de las diferencias de costes que consigan respecto al precio standard del mercado, que está fijado en seis pesetas. Otro quiebro a la vigilancia de Bruselas.
El cambio en el sistema de retribución tiene al menos un efecto positivo: las empresas percibirán los CTC en la medida en que mantengan los activos de generación y sitúen los precios por debajo de las seis pesetas. De esta forma no sucederá, al menos en teoría, lo que pasó en California, donde los precios subieron para percibir las ayudas y además se vendieron activos.
- Desinversiones. El Gobierno reserva un plazo de diez días para que las empresas presenten su plan de desinversiones y diseñen el procedimiento de la subasta mediante la cual se desprenderán de los activos excedentes. Diez días son un plazo muy escaso, así que hay que suponer que las empresas ya tendrán elaborado dicho plan. La complicación del trámite administrativo es muy llamativa. Las empresas tendrán como interlocutor, para diseñar dicho plan, al servicio de defensa de la competencia. Pero resulta que el servicio del Ministerio de Economía no tiene obligación de hacer públicas sus deliberaciones, acuerdos o decisiones. Así que, en la práctica, el procedimiento de venta de los activos será opaco. Una cuestión entre las empresas y el Ministerio de Economía. La transparencia que se pretende aplicando unos procedimientos desaparece por la aplicación de otros.
- Independientes. Asegura el Gobierno que un comité de vigilancia formado por personas independientes supervisará la gestión durante la fusión de Endesa e Iberdrola. Una decisión sorprendente. Porque si es así, ¿para qué sirve la Comisión Nacional de la Energía, que es un organismo teóricamente neutral, dependiente de la Administración y entendido en asuntos energéticos? ¿Tiene sentido que además se forme un nuevo organismo, siquiera sea circunstancial, para establecer una vigilancia, que sólo puede ser política y superficial, sobre un proceso que tienen que dirtigir forzosamente las empresas?
La fusión sigue en crisis, a pesar de las condiciones más favorables forzadas por Rodrigo Rato, presumiblemente por la presión de José María Aznar. La próxima semana se conocerá parte del desenlace.
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