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El Poder Judicial pide que sean también delitos las agresiones familiares no habituales

Propuesta de una Guía Práctica de Actuación para jueces contra la violencia doméstica

El informe, elaborado por la comisión que preside el vocal Enrique Arnaldo, constata que la violencia doméstica no ha descendido sustancialmente tras la reforma del Código Penal de 9 de junio de 1999, que incorporó al delito, castigado con seis meses a tres años de cárcel, la violencia psíquica y matizó que el requisito de habitualidad debería apreciarse aunque la víctima familiar de los actos violentos sea diferente.

La propuesta que ahora se hace es prescindir de la exigencia de habitualidad y castigar como delito todas las agresiones producidas en el seno familiar que 'alcancen la entidad suficiente para provocar la lesión o la puesta en grave riesgo de los bienes jurídicos protegidos en este tipo de infracciones, esto es, de la paz familiar, la dignidad, la vida o la integridad física o moral de las personas'.

Nefastas consecuencias

Los vocales del CGPJ argumentan que la experiencia acumulada de los últimos años demuestra que las primeras agresiones familiares, calificadas como faltas y que, por lo tanto, no originan medidas cautelares contra el agresor ni de protección a la víctima, 'llevan en sí el germen de la violencia (...) cuyas nefastas consecuencias se acaban manifestando con el tiempo', por lo que deben castigarse como delito. El informe indica que 'los expertos destacan de manera unánime que las personas maltratadas en edades tempranas acaban convirtiéndose, con el paso del tiempo, en maltratadores'.

En coherencia con lo expresado por el Libro Blanco de la Justicia elaborado por el propio CGPJ sobre la desaparición de todas las faltas penales, el informe de la Comisión de Estudios propone que las conductas violentas de escasa entidad pasen de la jurisdicción civil a la penal, para que las corrija el juez civil o el juez de familia, generalmente al acordar medidas de separación, nulidad o divorcio de los cónyuges.

Precisamente, el informe propugna la coordinación de la justicia penal y civil frente al maltrato familiar, de modo que el juez civil, en los frecuentes casos de violencia doméstica que aparece ligada a los problemas jurídicos de pareja, pueda ordenar la detención del supuesto agresor y su puesta a disposición del juez penal de guardia.

Otras medidas innovadoras:

- El riesgo de las multas. Debe evitarse la imposición de pena de multa o pago de indemnizaciones, ya que puede repercutir sobre las víctimas familiares.

- Registro de Medidas. Generalizando más el registro informático de las fiscalías, debe crearse un Registro de Medidas contra la Violencia Doméstica, que centralice automáticamente toda la información sobre resoluciones judiciales en relación con este delito, con acceso a jueces, fiscales y policías, con las garantías necesarias para la protección de datos personales.

- Especialización. La importancia de la violencia doméstica exige especializar juzgados en esta materia, en la línea de la experiencia de Elche (Alicante) y, mientras tanto, aprobar normas de reparto que aseguren que sean competentes para conocer un caso de agresión familiar el juez que ya conozca de otro contra un mismo agresor.

- Plan integral. Agotado el Plan de Acción contra la Violencia Doméstica 1998-2000, es preciso un 'nuevo plan interdisciplinar', con especial atención a los aspectos judicial, sanitario, educativo y de asistencia social.

- ' Urgente: Violencia Doméstica'. Una carátula con este rótulo, en color llamativo, debe colocarse en la portada de las diligencias judiciales, que deben iniciarse con la denuncia oral formulada ante el juez de guardia y el fiscal y registrada por medios audiovisuales, como las pruebas ulteriores. La Guía Práctica de Actuación Judicial propone también facilitar asistencia psico social a la víctima, tomar medidas cautelares frente al agresor, usar lenguaje asequible y potenciar la mediación.

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