La obligación de atender a los alumnos está en el reglamento
El inspector jefe del Servicio de Extinción de Incendios de Madrid, Juan Redondo, afirma que no exige nada extraordinario a los bomberos cuando les pide que atiendan a las visitas escolares que se realizan a los parques en las mañanas de los días laborables. Según asegura, es el propio reglamento del cuerpo el que, en su artículo 3, apartado 3, establece lo siguiente: 'El Departamento de Extinción de Incendios tiene como funciones, además de la lucha contra el fuego: (...) 3. Realizar, dentro de las posibilidades del servicio, campañas de divulgación sobre las materias de su competencia para un mayor conocimiento ciudadano de la normativa contra incendios y de las funciones y misiones del Cuerpo de Bomberos'. Sobre la base de lo anteriormente citado, Redondo mantiene que 'este reglamento obliga a atender a los escolares'.
'El conflicto entre la directiva de los bomberos y los sindicatos obedece a diferencias en los traslados del personal, así como a la necesidad de una revisión salarial, y a problemas cotidianos en las funciones que desarrollan los bomberos, muchos de los cuales efectúan tareas que exceden de sus competencias', argumenta por su parte José Antonio Arquer, de CC OO.
Un comunicado de este sindicato informaba el pasado diciembre a los directivos de los bomberos que la asamblea había decidido 'no atender como obligación las visitas' de los escolares. En este mismo comunicado se solicitaba la suspensión cautelar de la atención a las visitas, 'a la espera de que, consensuadamente, se acuerde otra forma de atender esta divulgación del servicio'.
Al mismo tiempo, el comunicado concluía con una propuesta: 'Como ejemplo de solución, sugiero el sistema que utiliza el servicio de Policía Municipal, que cuenta con un equipo de profesionales que programadamente visitan a los escolares in situ'.
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