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Tribuna:DEBATE | Justicia: ¿reformas sin medios?
Tribuna
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¿Problema de medios o de fines?

Mercedes García Aran

La entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la de Responsabilidad Penal de los Menores ha demostrado de nuevo la necesidad de medios materiales y personales para realizar las opciones de política judicial. Son, en lo esencial, dos buenas leyes, dedicadas a problemas cruciales, y nadie puede dudar de la necesidad de proporcionarles la infraestructura necesaria. Sin embargo, en el plano general de los problemas que hoy afectan a la justicia, uno tiene a veces la sensación de que cuando se habla de su endémica crisis casi siempre se termina hablando de la necesidad de ordenadores en los juzgados o mostrando imágenes de oficinas abarrotadas de legajos. Son datos que no pueden obviarse, porque los ciudadanos obligados a someterse a los tribunales tienen derecho a encontrar un servicio que funcione; pero sus motivos para la indignación se incrementarían notablemente si se exacerbara el mensaje de que lo que tenemos es, fundamentalmente, un problema de dinero, dada la relativa facilidad de la solución. Porque el problema de la justicia no empieza en los medios materiales.

La Administración de justicia es 'Administración' como conjunto de órganos, con sus correspondientes infraestructuras, integrado en la Administración del Estado. Pero es también 'administración' de justicia, porque es una de las funciones esenciales del Estado: la de administrar (impartir, distribuir) la justicia, que, según dice la Constitución, es aquello que emana del pueblo y se administra por jueces y magistrados independientes, inamovibles y sometidos únicamente al imperio de la ley. Si órganos y funciones son inseparables, la discusión sobre los medios es posterior a la discusión sobre lo que se espera de la función de administrar justicia como pieza esencial de la convivencia democrática.

Y aquí es donde suele aparecer la apelación a la necesidad de un gran 'pacto de Estado' sobre la justicia, expresión cuyo hipotético alcance no suele explicarse, por lo que se ha convertido en un slogan de inconcreto contenido que tiende a legitimar el aplazamiento de los problemas de fondo en tanto no se alcance el ansiado pacto.

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La inconcreción y el bloqueo del pacto sobre la justicia puede explicarse por lo ambicioso de la propuesta: se trataría de llegar a un acuerdo sobre aquello que, por considerarse 'cuestión de Estado', debe quedar al margen de la controversia partidista y comprometer igualmente a todas las fuerzas políticas. Y aquí es donde empiezan los problemas: ¿cuáles son los grandes temas relativos a la justicia que constituyen cuestiones de Estado impermeables a las opciones de partido? Si no se resuelve esta cuestión previa se corre el riesgo de que el pacto se dedique a las retribuciones de los magistrados o las infraestructuras informáticas, legítimas reivindicaciones que, sin embargo, no deberían mezclarse , por ejemplo, con el sistema de responsabilidad de los jueces. A mi juicio, debería partirse de algo tan elemental como que la independencia, la inamovilidad y el único sometimiento al imperio de la ley no son prerrogativas del poder (judicial), sino exigencias democráticas de la función de administrar justicia como prestación a la que tienen derecho los ciudadanos y a cuyo servicio se destina.

Sin embargo, los intereses partidistas y corporativos constituyen serios obstáculos a una concepción como ésta, previa a cualquier pacto de Estado. Por ejemplo, hoy cuesta imaginar a las fuerzas políticas (incluida la oposición) acordando cosas como las siguientes: renuncia a hacer de la independencia judicial un objeto elástico alegable según convenga, de modo que son independientes los jueces que fallan a favor de uno y sospechosos los que lo hacen en contra; renuncia a instrumentalizar la administración de justicia en la resolución de conflictos políticos, para luego descalificar al sistema judicial si el resultado no es satisfactorio; renuncia a promover y discutir reformas legales que sólo van a tener efectos propagandísticos, electorales y/o tranquilizadores de la opinión pública, sin solucionar problemas, pero generando expectativas que, al no cumplirse, generarán también mayor frustración; renuncia a la utilización partidista de mecanismos de incidencia en la administración de justicia como el nombramiento del fiscal general del Estado y del Consejo General del Poder Judicial. Y en el ámbito corporativo, renuncia a que la independencia en el caso de los jueces o el derecho de defensa en el caso de los abogados se conviertan en apelaciones para evitar la exigencia de responsabilidad en el cumplimiento de la función. Desde luego, se dirá que cuestiones como las anteriores son demasiado genéricas y que no inciden en los problemas concretos. Pero con el cumplimiento de compromisos como los anteriores, que se resumen en la no utilización interesada de la administración de justicia, existiría también un marco en el que es mucho más fácil llegar a acuerdos sobre las prioridades en las reformas legales que van desde los desarrollos procedimentales hasta las leyes antiterroristas. Y, a partir de ahí, la cuestión de los medios es, efectivamente, sólo una cuestión de dinero.

Mercedes García Arán es catedrática de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Barcelona.

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