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Una demanda contra un vecino moroso, primer pleito sin abogado registrado en Madrid

El primer demandante que acudió ayer a los juzgados de Madrid para acogerse al llamado proceso monitorio cumplía todos los requisitos para interponer la denuncia sin asistencia de letrado: la cuantía del pleito no excedía de cinco millones y el débito estaba debidamente justificado.

La jornada en los juzgados de Madrid el primer día de vigencia de la nueva ley discurrió con 'normalidad', lo que contrasta con las largas colas de abogados que se produjeron la semana pasada ante el registro y que pretendían interponer sus pleitos de acuerdo con la centenaria y ya extinta ley civil de 1881. El viernes, la oficina del registro de los juzgados multiplicó por ocho la cifra de demandas que se interponen un día normal. En total, se registraron 2.600. 'Estábamos desbordados. Las colas llegaban hasta la primera planta', relató un funcionario. Ayer, en cambio, no había colas. Eso sí, empezaron a aparecer por los juzgados, con sus demandas bajo el brazo y escritas por ellos mismos, los primeros ciudadanos que se acogen a las ventajas del proceso monitorio.

Letrados escépticos

Durante la jornada se registraron unas 50 demandas, si bien la mayoría fueron interpuestas por procuradores y abogados. Pese a haberse acogido a la nueva ley, éstos se mostraron en general escépticos ante la eficacia de la nueva normativa. 'Veremos a ver si esta ley soluciona los atascos; desde luego, no lo hará si no se la dota de los medios precisos', comentó uno. 'Esto va a causar una indefensión enorme para los ciudadanos y va a crear más colapso. Los que hacen las leyes deberían pasarse por aquí y ver cómo funciona un juzgado', declaró otra procuradora. En la actualidad, los juzgados civiles de Madrid tardan en resolver sus pleitos (el año pasado registraron 66.200) entre 'seis y ocho meses', según ha explicado el juez decano de Madrid, Fernando Fernández Martín. En la Audiencia el atasco es muy superior: hay 30.000 recursos pendientes y las demoras se acercan a los tres años.

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El juez decano tiene preparados tres tipos de formularios para orientar a los ciudadanos que deseen poner demandas sin contratar a un abogado. Uno de ellos es para los pleitos en los que se reclaman cantidades inferiores a cinco millones y se posee documentación sobre la deuda (el proceso monitorio), otro para reclamaciones inferiores a 150.000 pesetas y un tercero para actuar contra los morosos de las comunidades vecinales, siempre que la deuda no exceda de cinco millones de pesetas. Ayer, por un error en la impresión, los formularios sólo pudieron estar a disposición de los ciudadanos a partir de las 12.30.

Pero no todos los madrileños que desfilaron ayer por los juzgados usaron estos impresos. Sobre las once de la mañana acudió una mujer, Rosa Serrano, en nombre de la comunidad de propietarios de su bloque, e interpuso una demanda por impago de las cuotas de la comunidad contra tres vecinos que se negaron a pagar su parte del importe de unas obras efectuadas en el inmueble. Serrano les reclamaba a los tres un millón de pesetas. 'Me he enterado de que la nueva ley permite demandar sin abogado y yo misma he redactado en mi casa la denuncia', señaló. 'Me parece bien este procedimiento, pero habrá que esperar al futuro para conocer sus resultados'.

El proceso monitorio es la gran novedad de la nueva ley civil. Introduce celeridad al proceso judicial y permite prescindir de abogado y procurador. Si tras ser requerido por el juez el demandado no se opone al pleito (es decir, admite la deuda o, simplemente, se calla), el juez debe dictar la sentencia en cuestión de un mes y despachar su ejecución. Si el demandado persiste en no pagar la deuda, el juez puede ordenar el embargo de sus bienes.

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