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Declarados en rebeldía durante el año 2000 el 47% de los implicados en 66.200 pleitos

El 47% de los 66.200 pleitos civiles registrados el año pasado en los juzgados civiles de Madrid se tramitó con los demandados en rebeldía (sin estar ellos personados), según datos facilitados por el juez decano de Madrid, Fernando Fernández. Es decir, los jueces les avisaron de que alguien les había demandado, por el motivo que fuese, y ellos, sin embargo, prefirieron no defenderse.

La incomparencia del demandado (la rebeldía) no paraliza el proceso civil, puesto que el juez sigue tramitándolo y lo concluye con la sentencia, pero con la particularidad de que el afectado no ha querido defenderse. Son pleitos civiles, por ejemplo, los desahucios, los impagos de deudas, conflictos sobre herencias, impagos de alquileres, conflictos familiares, atentados contra la intimidad, etcétera.

¿Por qué el 47% de los demandados no se defiende en los casos civiles? La económica es una de las razones que previsiblemente llevan a los demandados a no comparecer ante el juez y defenderse, según fuentes judiciales. 'Si el afectado, encima de que, por ejemplo, debe atender la reclamación del pago de una deuda, se ve obligado a pagar a un abogado que lo defienda, su problema crece todavía más', explican. No obstante, estas fuentes creen que la rebeldía no es la postura lógica, ya que 'no detiene el proceso y el afectado debe enfrentarse más tarde a la sentencia sin haberse defendido'.

Precisamente hoy entra en vigor la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, el instrumento que regula todo el proceso civil. La antigua ley -de 1881- obligaba a los usuarios a acudir a un abogado para plantear un pleito. A partir de ahora, no será obligatorio. La nueva normativa incorpora el llamado proceso monitorio, que permite a los ciudadanos presentar demandas directamente -sin necesidad de abogado ni procurador- cuando reclamen deudas inferiores a cinco millones de pesetas y aporten documentos que acrediten ese débito. Si el demandado se niega a reconocer su deuda al demandante, se inicia entonces un proceso normal y ambos deben buscar abogado. Pero, si no hay oposición, el juez debe dictar la oportuna sentencia 20 días después. El juez decano ha preparado ya miles de formularios para los usuarios que desde hoy quieran ir a los juzgados para presentar demandas sin acudir a un abogado. El decano de los abogados de Madrid, Luis Martí Mingarro, ha mostrado reiteradamente su preocupación por que se deje en manos de personas legas pleitos judiciales. Opina que los usuarios de la justicia con pocos recursos serán los más perjudicados.

No todos los abogados creen en la eficacia de la nueva ley. La oficina que registra las demandas civiles de los juzgados de la plaza de Castilla de Madrid, registró el pasado viernes, último día de vigencia de la antigua ley, 2.600 demandas, ocho veces más que un día normal.

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